Participación de los vecinos y autonomía de las organizaciones sociales.
El Gobierno Departamental y el Gobierno Municipal facilitarán la más amplia información sobre su actividad, y promoverán la participación de los vecinos en la vida comunal, que se lleva a cabo a través de los Concejos Vecinales.
En la actuación del Gobierno Departamental y el Gobierno Municipal y en la aplicación de los procedimientos de participación, se observará asimismo el principio de la autonomía de las organizaciones sociales.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales
Título IV
Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales
Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales
Capítulo XXXVII
Descentralización Política y Participación Ciudadana
Descentralización Política y Participación Ciudadana
Sección XII
Funcionamiento y Organización de los Concejos Vecinales. Decreto 33.478 y modificativo
Funcionamiento y Organización de los Concejos Vecinales. Decreto 33.478 y modificativo
Artículo 627 ._
Fuente | Observaciones | |
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art. 1 |