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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título IV
Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales
Capítulo XXXVII
Descentralización Política y Participación Ciudadana
Sección XXII
Escenarios Populares que realicen Espectáculos de Carnaval. Decreto 33.984

Artículo 681 ._

En cualquier momento la Intendencia Departamental de Montevideo y los Concejos Municipales por iniciativa propia, podrán auditar las actuaciones financieras de los Escenarios Populares. Si en las mismas se constatan irregularidades, se suspenderá en forma inmediata el apoyo financiero, hasta que dichas irregularidades sean aclaradas, tomándose las medidas que correspondan con los organizadores.

FuenteObservaciones
art. 7