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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título IV
Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales
Capítulo XXXVII
Descentralización Política y Participación Ciudadana
Sección V
Integración. Principios Generales. Cometidos y Atribuciones de Gobiernos Municipales y Régimen Presupuestal. Decreto 33.209 y modificativos
Nota:

Por Dto. JDM Nº 35.623 de fecha 8 de julio de 2015, art. 1º se dispuso ratificar el contenido de los Decretos Departamentales Nos. 33.209, 33.322 y 33.409, de 17 de diciembre de 2009, 15 de abril de 2010 y 17 de junio de 2010, respectivamente, salvo en lo que contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272, de 18 de setiembre de 2014.


Artículo 585 ._

(Transferencia de recursos). La modificación presupuestal para el ejercicio 2011, que se aprobará durante el año 2010, deberá prever los recursos humanos y materiales que se transferirán a los Municipios en forma inicial y hasta la entrada en vigencia del nuevo presupuesto quinquenal.
Hasta tanto se apruebe la referida modificación presupuestal la Intendencia deberá asegurar que los Municipios cuenten con los recursos humanos y materiales que permitan cumplir con sus cometidos a través de la asignación de funcionarios y la trasposición de recursos materiales a tales efectos.
Las normas presupuestales establecerán la modalidad y periodicidad en que se realizaran las transferencias de los recursos departamentales a los gobiernos municipales.

FuenteObservaciones
art. 33