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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.


Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
Parte Legislativa
Apartado II Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo
Título V
De las normas de régimen patrimonial en suelo urbano
Capítulo III
Normas particulares
Sección III
Carrasco-Punta Gorda

Artículo D.223.272.40.2 ._

Vías con normativa particular para edificación colectiva.
Rafael Barradas
Frente mínimo de predio: 24 metros
Altura: altura máxima 15 metros, con un máximo de 5 plantas, excluidos los subsuelos y semisubsuelos.
Retiro frontal: rige el vigente más 1.50 metros.
Retiro lateral: rige retiro bilateral de 1/5 del frente del predio.
Retiro posterior: rige retiro posterior del 20 % de la superficie del predio.
FOS: 35 %. En subsuelo se podrá ocupar el 50 % del área del predio. 
El área máxima a construir en el quinto nivel no podrá superar el 10% del área del predio.
Número máximo de unidades: 1 unidad cada 100 metros cuadrados de área de predio.
Avenida Alfredo Arocena. Predios frentistas a la Avenida Alfredo Arocena entre Carlos F. Sáez y Avenida General Rivera.
Frente mínimo de predio: No se exige
Altura: altura máxima 9 metros, con un máximo de 3 plantas, excluidos los subsuelos y semisubsuelos..
Retiro frontal: 7 metros con acordamiento.
Retiro lateral: No rige retiro lateral en el nivel de planta baja. En el resto de las plantas la exigencia de retiro lateral será determinada por la oficina competente en función de la situación de los linderos y la mejor resolución del tramo.
Retiro posterior: rige retiro posterior del 20 % de la superficie del predio.
FOS: 70 %. En subsuelo se podrá ocupar el 70 % del área del predio. 
Número máximo de unidades: 1 unidad cada 100 metros cuadrados de área de predio.
Avenida Dr. Juan Bautista Alberdi. Abarca los predios frentistas a la Avenida Dr. Juan Bautista Alberdi desde Havre hasta Avenida Bolivia.
Uso residencial en entorno particularmente revalorizado a partir de su valor patrimonial como entrada original al balneario. El espacio público así como el área de Portones de Carrasco, y la intersección con la calle Cooper deberán ser objeto de un Proyecto de Detalle. Mientras ello no ocurra, regirán las condiciones propias de la zona 3B.
Avenida Bolivia. Abarca la Avenida Bolivia en su encuentro con la Avenida Dr. Juan Bautista Alberdi y con Avenida Italia. Se incluyen los predios padrones números: 146.055, 146.053, 414,759, 194.127, 186.933, 64.709, 186.913 y 63.412 en el cruce con Avenida Italia; y los predios padrones Nros. 405.028, 405.027, 102.981, 102.980, 147.438, 102.979, 405.336, 63.497, 115.849, 196.936, 196.937, 196.938, 196.883, 196.884, en el cruce con Avenida Dr. Juan Bautista Alberdi.
Se deberá realizar un proyecto de detalle que será evaluado por la oficina competente. Mientras ello no ocurra, regirán las condiciones propias de cada subzona.
Avenida Italia. 
1) Para la acera sur en el tramo comprendido entre el Parque Baroffio y la calle Carlos Butler y para la acera norte en el tramo comprendido entre la calle José Ordeig, incluido el padrón Nº 416.370, hasta la calle General Nariño, rige:
Frente mínimo del predio: 27 metros.
Altura: altura máxima 12 metros, con un máximo de 4 plantas, excluidos los subsuelos y semisubsuelos.
Retiro frontal: rige el vigente más 1.50 metros.
Retiro lateral: rige retiro bilateral de 1/5 del frente del predio. 
Retiro posterior: rige retiro posterior del 20 % de la superficie del predio.
FOS: 25 %. En subsuelo se podrá ocupar el 50 % del área del predio.
El área máxima a construir en el cuarto nivel no podrá superar el 10 % del área del predio.
Número máximo de unidades: 1 unidad cada 100 metros cuadrados de área de predio.
2) Para el resto de la Avenida Italia acera sur rige lo establecido para cada zona que atraviesa.
Para la acera norte entre la calle Gral. Nariño y el Arroyo Carrasco rige:
Frente mínimo del predio: 27 metros.
Altura: altura máxima 9 metros, con un máximo de 3 plantas, excluidos los subsuelos y semisubsuelos.
Retiro frontal: rige el vigente más 1.50 metros.
Retiro lateral: rige retiro bilateral de 1/5 del frente del predio. 
Retiro posterior: rige retiro posterior del 20 % de la superficie del predio.
FOS: 35 %. En subsuelo se podrá ocupar el 50 % del área del predio.
El área máxima a construir en el cuarto nivel no podrá superar el 10 % del área del predio.
Número máximo de unidades: 1 unidad cada 150 metros cuadrados de área de predio.

FuenteObservaciones
art. 1
art. D.272.40.2
art. 1
art. 11