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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res. IM Nº 0274/25, en su numeral, se establece:
1º-. Prorrogar a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025, el régimen de trabajo aprobado por Resolución Nº 0441/23 de fecha 19/01/2023, cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución Nº 0973/24 de fecha 27/02/2024 con las modificaciones aprobadas oportunamente.

Por Res. IM Nº 4716/24 de 6/11/2024 se aprobó el texto del Convenio entre esta Intendencia y la Asociación de Empleados y Obreros Municipales (ADEOM), estableciendo en su cláusula segunda un régimen especial de jornadas de trabajo aplicable al personal perteneciente al escalafón obrero y jefaturas obreras del Servicio Mantenimiento Vial que se adhiera, por un plazo de 1 (un) año, sin perjuicio de la realización de una instancia de seguimiento cumplidos los 6 (seis) meses.

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 0973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo III.1
Del medio de identificación para funcionarios/as con tareas externas
Sección II
Documento de identificación para inspectores/as y funcionarios/as que desempeñan tareas externas

Artículo R.226.8 ._

Todas las dependencias que tengan necesidad de otorgar documentos identificatorios a funcionarios con tareas externas, deberán dirigirse al Servicio Administración de Gestión Humana, única dependencia habilitada a emitir el medio identificatorio institucional, no reconociéndose ningún otro con este valor.

Será responsabilidad de las Direcciones de las Unidades y Servicios que tengan funcionarios/as que estén cumpliendo efectivamente tareas externas, el solicitar los medios de identificación físicos al Servicio de Administración de Gestión Humana y el retiro de los mismos cuando no se desempeñe más la función de forma temporal o permanente. Las identificaciones físicas retiradas de forma permanente serán enviadas al Servicio Administración de Gestión Humana para su desafectación.

Será responsabilidad del Servicio de Administración de Gestión Humana el control de los datos funcionales y personales de las/os funcionarios/as a los que se les otorga el medio de identificación y el control de inventario de las identificaciones físicas.

Es obligación del funcionario/a que porte un medio de identificación físico de tareas externas el cuidarlo y mantenerlo en condiciones y será su responsabilidad evitar su pérdida, extravío o robo. En caso que alguna de estas situaciones suceda, estará obligado a denunciar la situación de inmediato a la superioridad.

FuenteObservaciones
num. 5
num. 4
num. 3
num. 4