Todas las dependencias que tengan necesidad de otorgar documentos identificatorios a funcionarios con tareas externas, deberán dirigirse al Servicio Administración de Gestión Humana, única dependencia habilitada a emitir el medio identificatorio institucional, no reconociéndose ningún otro con este valor.
Será responsabilidad de las Direcciones de las Unidades y Servicios que tengan funcionarios/as que estén cumpliendo efectivamente tareas externas, el solicitar los medios de identificación físicos al Servicio de Administración de Gestión Humana y el retiro de los mismos cuando no se desempeñe más la función de forma temporal o permanente. Las identificaciones físicas retiradas de forma permanente serán enviadas al Servicio Administración de Gestión Humana para su desafectación.
Será responsabilidad del Servicio de Administración de Gestión Humana el control de los datos funcionales y personales de las/os funcionarios/as a los que se les otorga el medio de identificación y el control de inventario de las identificaciones físicas.
Es obligación del funcionario/a que porte un medio de identificación físico de tareas externas el cuidarlo y mantenerlo en condiciones y será su responsabilidad evitar su pérdida, extravío o robo. En caso que alguna de estas situaciones suceda, estará obligado a denunciar la situación de inmediato a la superioridad.