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Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.


Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
Parte Legislativa
Apartado II Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo
Título V
De las normas de régimen patrimonial en suelo urbano
Capítulo III
Normas particulares
Sección V
Reus al Norte

Artículo D.223.272.80 ._

Declarar Espacio Protegido según lo definido en el artículo 236.4 del Volumen IV del Digesto Departamental, los siguientes espacios: calle Carlos María de Alvear, calle Porongos (entre Marcelino Berthelot y Carlos Reyles), calle Emilio Reus, calle Inca (entre Blandengues y Domingo Aramburú), calle Democracia (entre Blandengues e Isla de Gorriti), calle Constitución (entre Blandengues e Isla de Gorriti), calle Marcelino Berthelot (entre Ramón del Valle Inclán y Arenal Grande), Blandengues (entre Ramón del Valle Inclán y Democracia), Domingo Aramburú (entre Ramón del Valle Inclán y Constitución), Carlos Reyles (entre Ramón del Valle Inclán y Arenal Grande), Tomás Muniz, Benito Chain (entre Arenal Grande y Constitución), Gutiérrez (entre Arenal Grande y Constitución), Cangallo, Isla de Gorriti (entre Arenal Grande y Constitución), Pasaje de la Fuente, Pasaje Colegiales y la Plazoleta Roberto Fugazot.

FuenteObservaciones
art. 12
art. D.272.80
art. 27
De acuerdo al artículo 45 el presente Decreto entró en vigencia a los 60 días de su promulgación. (art. D.272.80)
art. 1
art. 11