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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo IV.III
Del cambio de Carrera
Sección Única
Pérdida de condiciones y aptitudes por causas no médicas

Artículo R.254.12 ._

Los funcionarios/as que por determinadas causas no médicas, han perdido las condiciones o aptitudes para ejercer el cargo presupuestal del que son titulares no llenando los requisitos que su desempeño amerita, encontrándose en riesgo su permanencia en la Institución, podrán participar voluntariamente de un proceso de aprendizaje y adaptación a una nueva carrera acorde a sus posibilidades.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 1º de la reglamentación