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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo IV.III
Del cambio de Carrera
Sección Única
Pérdida de condiciones y aptitudes por causas no médicas

Artículo R.254.16 ._

Previo consentimiento del funcionario involucrado otorgado por escrito, la División Administración de Personal elevará los informes producidos al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, quien de considerarlo oportuno, podrá promover ante el/la Intendente el dictado de la Resolución superior correspondiente, autorizando la utilización de este mecanismo de reconversión laboral.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 5º de la reglamentación