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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOTID
Título IX
Departamento De Planificación
Capítulo I
Servicio De Regulación Territorial
Sección III
Tasa por Gestiones de Particulares

Artículo 628.4 ._

Disponer que la implementación del referido Sellado estará a cargo de la División Tecnología de la Información de acuerdo a las siguientes características:
_ no llevará multas y recargos;
_ deberá estar asociado a una cuenta SEFI para poder generar los correspondientes asientos contables;
_ su emisión se podrá realizar indistintamente a través de la página web de la Intendencia de Montevideo ó a través de la Red Descentralizada de Cobranza;
_ la confirmación del pago de las facturas generadas, será realizada por la Unidad de Patrimonio y las Comisiones Especiales Permanentes, el Servicio de Regulación Territorial, la Oficina Central de Planificación y la Unidad del Plan de Ordenamiento Territorial, respectivamente.

FuenteObservaciones
num. 4