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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título VIII
De las velocidades máximas
Capítulo
Único

Artículo R.424.103.1.1 ._

La División Tránsito podrá definir el establecimiento de velocidades máximas de hasta 30 km/h en distintas vías de tránsito, de forma de asegurar la normal convivencia en la circulación de diferentes modos de transporte, incluyendo especialmente a la bicicleta.

FuenteObservaciones
num. 3
num. 4