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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.


Libro I
Instrumentos del ámbito regional
Parte Legislativa
Título I
Estrategias regionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo sostenible para el área Metropolitana

Artículo D.169 ._

Planificación de servicios e infraestructuras territoriales.

Se establece que se promoverá:
a) la definición de criterios e indicadores comunes para la evaluación coordinada de proyectos y obras de grandes equipamientos de escala metropolitana, en el marco de sus relaciones con el sistema urbano y territorial nacional;
b) la estructuración de un sistema de espacios públicos metropolitanos, dotados de infraestructuras, equipamientos y servicios adecuados para alcanzar la integración territorial y la inclusión social;
c) la coordinación e integración de los sistemas de saneamiento en las áreas urbanizadas contiguas;
d) la formulación de un sistema integral de tratamiento de los residuos sólidos, desde su generación hasta su disposición final;
e) la definición de una estructura vial jerarquizada para el transporte de cargas, vinculante entre las rutas nacionales, vías departamentales y los principales nodos y equipamientos;
f) el desarrollo de un sistema de transporte público metropolitano, de carácter integral y multimodal.

FuenteObservaciones
art. 1 num. 7