Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Legislativa
Título III
De la regularización de la circulación
Capítulo III
De la circulación en bicicletas y similares
Sección III
Del estacionamiento de bicicletas en espacios públicos y privados

Artículo D.697.12 ._

El Gobierno Departamental conjuntamente con actores privados, desarrollará políticas tendientes a promover estacionamientos para bicicletas en el espacio público.

FuenteObservaciones
art. 6