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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Legislativa
Título II
De la fiscalización administrativa sobre conductores y vehículos
Capítulo I
De los Conductores
Sección I
Del Permiso Único Nacional de Conducir

Artículo D.554.3 ._

Caducidad del trámite. La validez del trámite será de 180 días corridos a partir de la fecha de iniciada la gestión, durante la cual no se podrá iniciar para la misma persona y en las mismas categorías una gestión similar ante este u otro Gobierno Departamental.

Superados los 180 días sin haberse culminado, el trámite será dado de baja y deberá procederse a iniciar una nueva gestión, incluido el pago establecido y todos los exámenes que correspondan.

El interesado podrá desistir del trámite antes de culminado el plazo de validez. Dicho desistimiento no dará derecho a devolución económica de ningún tipo.

FuenteObservaciones
art. 1