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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Título II
De los servicios privados de interés público
Capítulo VII
Del servicio de ambulancias

Artículo R.523.65.1 ._

(Vehículos afectados al servicio de ambulancia TIPO C). Requisitos exigidos a un vehículo para poder ser afectado al servicio de ambulancias TIPO C:

1.- Furgones, camionetas cerradas, rurales adaptados (cat. Mercosur M1, M2, N1, N2) para cumplir la función de traslados de pacientes.

2.- Deben contar con una altura interior mínima tomada del piso al techo del vehículo de 1.25 metros, debiendo contar con una puerta de acceso del lado derecho del vehículo, con una apertura mínima de 1 (un) metros de ancho.

3.- Podrán afectarse vehículos a nafta o diésel con una carga mínima para 400 kilogramos.

4.- Podrán contar con "barral" de luces de colores rojo-azul o verde, en la parte elevada de la carrocería.

5.- Podrán estar equipados con sirena de emergencia.

6.- Podrán contar con asientos para el personal de asistencia en el salón con sus respectivos cinturones de seguridad homologados.

7.- Deben contar con ventilación natural, con ventanas laterales corredizas a ambos lados de la carrocería, de acuerdo a la cantidad de filas de asientos que posea y estar equipados con ventiladores o aire acondicionado para ventilación forzada.

9.- Los vehículos deben estar pintados de color blanco, pudiendo agregarse los logotipos identificativos de cada empresa, debiendo llevar la sigla "AMBULANCIA" colocada en el frente del vehículo en forma de espejo y la sigla "Unidad de Traslado" en ambos laterales.

10.- Estar equipados con hasta cinco sillas de ruedas las que deberán contar con sus respectivos anclajes, de manera que no permitan su movilidad en orden de marcha, con su correspondiente cinturón de seguridad homologado.

11.- El salón destinado a los pacientes estará iluminado en toda su extensión, contando con soportes para él/los distintos tipos de balones de oxigeno con sus correspondientes anclajes. Estará forrado con materiales de fácil lavado, con piso antideslizante.

Los vehículos afectados a la categoría C) podrán realizar el traslado de pacientes desde sus domicilios a centros asistenciales o laboratorios de análisis clínicos para la realización de tratamientos o exámenes médicos.

FuenteObservaciones
num. 2