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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección V.II
De los artistas y vendedores en el transporte colectivo de pasajeros.

Artículo R.438.15 ._

Organizaciones Habilitadas. Las Organizaciones Habilitadas para controlar el cumplimiento de los requisitos necesarios para la habilitación de la tarjeta del STM, validar la vigencia de los mismos y cargar la nómina de habilitados en el servicio web de administración de nóminas, con el usuario referido en el artículo R.438.8 de la presente Sección, son las siguientes: Artistas Callejeros Asociados (ACA), Cooperativa de las Artes de Uruguay Suplementada (COOPARTE nombre de fantasía o COLAUS indistintamente), Mesa de Artistas en Espacios Urbanos y Alternativos (MAEUA) perteneciente al Sindicato Único de Artistas (SUA), y Sindicato Único de Vendedores Ambulantes del Transporte de Pasajeros (SUVAPT).

FuenteObservaciones
num. 1
Art. 10 de la Reglamentación.