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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección V.II
De los artistas y vendedores en el transporte colectivo de pasajeros.

Artículo R.438.19 ._

Plazo. El Tribunal tendrá un plazo de 30 (treinta) días para expedirse, a partir de la fecha de recepción del respectivo expediente. Resolverá por mayoría simple de sus integrantes, requiriendo un mínimo de tres de ellos para funcionar. En caso de empate en la resolución de la decisión, el voto del Presidente del Tribunal será doble, debiendo ser necesaria en ese caso la presencia del mismo para resolver.

FuenteObservaciones
num. 1
Art. 14 de la Reglamentación.