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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Título II
De los servicios privados de interés público
Capítulo VIII
Del uso de Plataformas Electrónicas para la Contratación de Transporte de Pasajeros
Sección IV
Del listado de aspirantes a permisarios

Artículo R.523.102 ._

Cantidad de viajes realizados: Para mantener la condición de permisario del TPE, se deberá estar activo en el sistema. Se considera activo al permisario que en un período de 30 días calendario haya realizado con el vehículo declarado un mínimo de 10 viajes. Se utilizará la información presentada mensualmente por parte de las plataformas electrónicas registradas, sin perjuicio que de ser necesario se solicite información adicional.

La cantidad de viajes mínima establecida podrá ser prorrateada en función de que se requiera otro período de tiempo mayor o menor al definido. El permisario que no cumpla con la cantidad mínima de viajes establecida será dado de baja del sistema de TPE.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 6º de la reglamentación