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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título IV
Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales
Capítulo XL
Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
Sección II
Del procedimiento para las solicitudes de Acceso a la Información Pública

Artículo 712.3.11 ._

Revisión por la Secretaría General. Devueltas las actuaciones a la Secretaría General se efectuará una revisión de los datos proporcionados en un plazo de 24 horas y se requerirán en su caso las aclaraciones del caso mediante fax y/o correo electrónico que la dependencia competente deberá contestar en un plazo máximo de 24 horas.

FuenteObservaciones
num.1
art.5