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Digesto Departamental
De los Espectáculos Públicos
Legislativa
De la Prevención y Defensa Contra el Fuego en los Locales Destinados a Espectáculos Públicos
De las Disposiciones Técnicas

Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

Parte Legislativa
Título
Único
Capítulo IX
De la Prevención y Defensa Contra el Fuego en los Locales Destinados a Espectáculos Públicos
Sección XXV
De las Disposiciones Técnicas

Los materiales y aparatos eléctricos para las salas de espectáculos públicos, deberán ser de tipo aceptado por la U.T.E. o especialmente aprobados en cada caso.

FuenteObservaciones
art. 171