Todos los fusibles deberán instalarse en el tablero correspondiente.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
De los Espectáculos Públicos
Legislativa
Único
De la Prevención y Defensa Contra el Fuego en los Locales Destinados a Espectáculos Públicos
De las Instalaciones en la Escena
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos
Parte Legislativa
Título
Único
Único
Capítulo IX
De la Prevención y Defensa Contra el Fuego en los Locales Destinados a Espectáculos Públicos
De la Prevención y Defensa Contra el Fuego en los Locales Destinados a Espectáculos Públicos
Sección XXX
De las Instalaciones en la Escena
De las Instalaciones en la Escena
Se prohíbe la colocación definitiva de impedancias, trasformadores o cualquier otro aparato de regulación e interruptores de control. Estos aparatos se colocarán en uno de los locales indicados en el artículo D.3087, o en otro especial de características semejantes.
Fuente | Observaciones | |
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art. 209 |