El Departamento de Acondicionamiento Urbano por intermedio del Servicio Fúnebre y de Necrópolis, tramitará las adjudicaciones de los nichos y sepulcros en construcción o a construirse en el futuro, y las parcelas destinadas a esos fines.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
De los Cementerios
De los Cementerios
Legislativa
De las concesiones funerarias
De la adjudicación
Volumen XI De los Cementerios
Libro XI
De los Cementerios
De los Cementerios
Parte Legislativa
Título I
De las concesiones funerarias
De las concesiones funerarias
Capítulo II
De la adjudicación
De la adjudicación
El contenido de este se encuentra recogido en el artículo D. 2453.5, por el Decreto Nº 30.055 de fecha 23/09/2002.
Fuente | Observaciones | |
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art. 1 |
El mismo Departamento, tramitará las adjudicaciones de los nichos, sepulcros, parcelas o panteones que hubiesen vuelto al dominio de la Intendencia, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos D.2508 a D.2523.
Fuente | Observaciones | |
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art. 1 | ||
art. 1 |
En los títulos de concesión que se expidan se insertarán las constancias establecidas en los Arts. D. 2426 al D. 2431.
Fuente | Observaciones | |
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art. 1 |