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Digesto Departamental
De los Cementerios
De los Cementerios
Del uso de nichos y sepulcros
De los adornos, floreros y macetas en los bienes funerarios
Del procedimiento para la entrega de objetos deteriorados para su reparación por los usuarios

Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Título III
Del uso de nichos y sepulcros
Capítulo II
De los adornos, floreros y macetas en los bienes funerarios
Sección II
Del procedimiento para la entrega de objetos deteriorados para su reparación por los usuarios

Cuando exista necesidad de retirar de las necrópolis para su reparación piezas integrantes de monumentos, bustos o relieves, etc., es indispensable obtener de la Administración el permiso correspondiente mediante presentación de escrito.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1

La petición deberá ser acompañada del título o certificado de uso del local de que se trata, debiendo abonarse los derechos reglamentarios.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1

El solicitante deberá probar fehacientemente su identidad. En caso de co-uso deberán suscribir la petición por lo menos dos o más usuarios.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1

En cada autorización que se conceda, se fijará el plazo de la reparación a efectuarse, vencido el cual se restituirá la pieza al lugar de procedencia, bajo sanción en caso de incumplimiento.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1

El Encargado del cementerio y el primer Capataz, son responsables por las consecuencias irregulares o anómalas, que apareje el no cumplimiento de las disposiciones de esta Sección.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1