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Digesto Departamental
Relación Funcional
De la relación funcional
Reglamentaria
Objetivos del sistema integrado de carreras y remuneraciones

Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo I.2
Sección II
Objetivos del sistema integrado de carreras y remuneraciones

Objetivos generales.
Establecer las diferencias de valor relativo de las distintas ocupaciones, en función de sus requisitos y contenidos.
Reconocer la idoneidad y trayectoria, evaluación y desempeño de los funcionarios en sus respectivas carreras, estimulando el buen desempeño y la voluntad de capacitación como base para asumir mayores responsabilidades.
Dar respuesta a los requerimientos de organización y funcionamiento de los distintos Servicios, en cuanto a la identificación, determinación y control de las dotaciones de personal.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
R.161.2

Objetivos específicos.
Establecer:
- Una estructura relacional, un método y definiciones que incorporen todas las ocupaciones de la I.M.
- Una escala salarial única en la que se ubique a todo el personal de acuerdo a la evaluación de sus ocupaciones.
- Un diseño uniforme de los distintos escalones de la carrera funcional y una mayor apertura de ésta, basada en la capacitación, la experiencia calificada y los resultados.
- Un escalafón propio para las funciones de dirección, que jerarquiza los niveles de conducción y permite aspirar a su acceso a una mayor cantidad de funcionarios.
- Una gestión de carreras y remuneraciones acorde a las necesidades y posibilidades de la I.M., dentro de un marco de practicidad administrativa y de adecuada respuesta a los cambios.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
R.161.3