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Digesto Departamental
Relación Funcional
De la relación funcional
Reglamentaria
Del ingreso
Requisitos especiales para el ingreso al servicio de festejos y espectáculos

Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo I
Del ingreso
Sección III
Requisitos especiales para el ingreso al servicio de festejos y espectáculos

El ingreso de funcionarios al Servicio de Festejos y Espectáculos, queda supeditado a la aprobación de las pruebas, exámenes y/o concursos previstos en el artículo D. 33.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1

El ingreso de funcionarios al Servicio de Festejos y Espectáculos para desempeñar funciones inspectivas, queda supeditado a la aprobación de una prueba de suficiencia sobre las siguientes bases:
a) Temas
Espectáculos Públicos. Disposiciones Generales.
Locales destinados a circos.
Sustitución de artistas.
Ruidos Molestos.
Espectáculos Deportivos.
Prevención y Defensa contra el fuego.
Espectáculos Teatrales y Cinematográficos.
Impuestos a los espectáculos públicos.
b) Prueba
Las pruebas a que serán sometidos los aspirantes se realizarán en una etapa y serán las siguientes:
I) Una exposición escrita de no más de quinientas palabras sobre un tema que el Tribunal Examinador, en acto previo inmediato a la prueba elegirá por sorteo entre los temas enunciados en el apartado anterior.
II) Redacción de un informe o denuncia sobre un tema específico de la función inspectiva que el Tribunal Examinador seleccionará en acto previo a la prueba. Los plazos para la realización de las pruebas establecidas precedentemente serán de dos horas y de una hora respectivamente.
III) Una prueba oral de hasta treinta minutos sobre los temas referidos en el literal a) Temas.
c) Puntajes
Los puntajes a acreditar en las pruebas mencionadas serán de hasta 25 puntos y 15 puntos, respectivamente, para las pruebas escritas a que aluden los literales I) y II) y de hasta 20 puntos para la prueba oral.
Para aprobar la prueba de suficiente será necesario computar un mínimo de cuarenta puntos.
d) Tribunal Examinador
El Tribunal Examinador estará integrado por dos delegados del Servicio de Festejos y Espectáculos y uno del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1