Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Relación Funcional
De la relación funcional
Reglamentaria
De los niveles de carrera

Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo I.5
De los niveles de carrera
Sección Única

A los efectos de lo establecido por el Art. D. 67 y los Arts. R. 161.6 y R. 161.7 se establecen como Niveles de Carrera:
Nivel V (Poco experimentado)
Nivel IV (Medianamente experimentado)
Nivel III (Experimentado)
Nivel II (Sólidamente experimentado)
Nivel I (Experto)

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
R.161.30

Nivel V
Este nivel es aplicable a quienes tienen los conocimientos teóricos (estudios formales o informales) que la carrera exige y que no poseen o poseen poca experiencia en tareas similares a las que debe efectuar.
Puede aplicarse también a quienes sin reunir los conocimientos teóricos posean cierta experiencia en las tareas específicas.
Predominan las actividades de aprendizaje relativas a la aplicación de la especialidad y al conocimiento de las normas, procedimientos y prácticas de la Institución, a través de entrenamiento formal y/o asignaciones con tal fin, complementarios o auxiliares de otras mayores.
Se trabaja bajo estrecha supervisión o guía de personal jerárquico o con mayor experiencia.
La acumulación de experiencia en este nivel se refleja habitualmente en un aumento rápido y considerable en la capacidad y eficiencia.
Este nivel debería ser necesariamente superado por todo el personal perteneciente a la carrera.
Nivel de desempeño aceptable.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
R.161.31

NIVEL IV
Este nivel es aplicable a quienes, reuniendo los conocimientos teóricos requeridos, posean mediana experiencia aplicable en las tareas a desempeñar.
Están en condiciones de realizar las tareas de cierta complejidad correspondientes a su función o llevar a cabo asignaciones parciales, generalmente enmarcadas dentro de una asignación mayor o sobre temas que requieran la aplicación de conocimientos teóricos en el tratamiento de problemas específicos.
Generalmente se trabaja sobre la base de procedimientos o instrucciones precisas y detalladas o bajo supervisión y guía cercana de personal jerárquico o más experimentado.
En condiciones normales, la acumulación de experiencia en esta etapa se traduce en un aumento significativo de la capacidad y eficiencia.
Este nivel debería ser alcanzado y superado por todos quienes pertenezcan a la carrera.
Nivel de desempeño bueno.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
R.161.32

Nivel III
Este nivel es aplicable a quienes reúnan los conocimientos teóricos requeridos y posean adecuada experiencia en los aspectos fundamentales que la carrera exige.
Están en condiciones de realizar todas las tareas inherentes a su función o de llevar a cabo asignaciones de moderada complejidad o relativas a temas que requieran la aplicación conjunta de conocimientos teóricos y prácticos en el tratamiento de problemas específicos o interrelacionados con otras funciones o sectores.
Ejecutan sus asignaciones de principio a fin, trabajando buena parte de su tiempo en forma independiente o bajo moderada supervisión o guía de personal jerárquico o de mayor experiencia.
Puede asistir u orientar a personal de niveles inferiores.
La mayor experiencia en este nivel se refleja en un aumento moderado en la capacidad y eficiencia.
Este nivel debería ser alcanzado por todo el personal perteneciente a la carrera, pudiendo permanecer en el mismo.
Nivel de desempeño muy bueno.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
R.161.33

Nivel II
Este nivel es aplicable a quienes reúnan todos los conocimientos teóricos requeridos y experiencia sólida en los distintos temas concernientes a la carrera.
Están en condiciones de realizar todas las tareas correspondientes a su área o trabajar en asignaciones complejas o sobre temas que impliquen el dominio de los conocimientos teóricos y prácticos de la especialidad y una clara comprensión de su interrelación con otras funciones o sectores.
Llevan a cabo las asignaciones de principio a fin, trabajando independientemente y bajo supervisión general.
Asisten, instruyen y coordinan a personal menos experimentado en el análisis y solución de problemas específicos.
La acumulación de una mayor experiencia en este nivel no necesariamente se traduce en un aumento significativo de la capacidad y eficiencia.
Constituye el tope o culminación natural de la carrera pudiendo ser alcanzado por todos pero no necesariamente superado, es normal permanecer en él.
Requiere la existencia de una vacante presupuestal específica.
Nivel de desempeño destacado.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
R.161.34

Nivel I
Este nivel reúne las condiciones expuestas para el nivel anterior, con sólida experiencia en el mismo.
En éste se realizan tareas y asignaciones de alta complejidad y envergadura, que requieren el dominio pleno de los conocimientos teóricos y prácticos involucrados, así como una total comprensión y manejo de las interrelaciones y coordinación con otras funciones y sectores.
Se puede conducir a grupos de funcionarios afectados a esas asignaciones u a otras vinculadas, complementarias o auxiliares.
En su carácter de experto, quienes accedan a este nivel analizan y asisten a otros en el análisis y resolución de problemas en la ejecución de actividades relacionadas a su función, trabajando con amplia independencia y bajo supervisión restringida en general a la definición de objetivos y control de resultados parciales y finales.
Se entiende que este puede ser el nivel previo al de un puesto de conducción con mando pleno y permanente, por lo cual quienes lo alcancen deberían ser considerados tanto reemplazantes naturales de los actuales ocupantes como candidatos potenciales para cubrir nuevos puestos de supervisión o conducción.
Nivel a utilizarse con criterio restrictivo, y que será alcanzado por quienes se destaquen en el nivel anterior o por aquellos con condiciones de expertos en alguna especialidad reconocida.
Se requiere la existencia de una vacante presupuestal específica.
Nivel de desempeño excelente.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
R.161.35