Detención. Cuando un conductor llega a un paso a nivel ferroviario, deberá detenerse a no más de quince metros y a no menos de cinco metros del riel más próximo, para no reiniciar la marcha hasta que sea seguro cuando:
a) Una señal eléctrica o mecánica visible advierta del paso inmediato de un tren.
b) Una barrera esté cerrada o cerrándose, o un funcionario señalero advierta de la llegada de un tren.
c) Un tren se acerque a menos de 500 metros del paso a nivel y por su velocidad pueda representar un riesgo inmediato.