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Digesto Departamental
Higiene y Asistencia Social
Legislativa
De la comercialización de artículos de primera necesidad.
De las normas aplicables.

Volumen VI Higiene y Asistencia Social

Parte Legislativa
Título X
De la comercialización de artículos de primera necesidad.
Capítulo ÚNICO
De las normas aplicables.

Los panaderos y carniceros quedan obligados a tener sobre el mostrador del negocio y en sitio preferente la balanza respectiva, como asimismo colocar un tablero que indique el precio del pan y de la carne en lugar bien visible.

FuenteObservaciones
art. 2

Los puesteros de los Mercados y Ferias, así como todos los vendedores de esos artículos deberán estar provistos de la balanza necesaria para efectuar las ventas por kilogramos.

FuenteObservaciones
art. 2

Los comercios establecidos dentro del radio prohibitivo de mercados, que tienen anexada la venta de frutas, estarán obligados a exhibir los precios de venta por kilogramo en todos esos artículos, con carteles bien visibles.

FuenteObservaciones
art. 1