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Digesto Departamental
Higiene y Asistencia Social
Legislativa
De la lucha contra insectos y roedores.
De la tenencia y/o fabricación de plaguicidas.
Clasificación toxicológica.

Volumen VI Higiene y Asistencia Social

Parte Legislativa
Título VII
De la lucha contra insectos y roedores.
Capítulo IV
De la tenencia y/o fabricación de plaguicidas.
Sección II
Clasificación toxicológica.

Los insecticidas, rodenticidas acaricidas, molusquicidas, etc., se clasifican de acuerdo con las recomendaciones indicadas por la Organización Mundial de la Salud en: extremadamente peligrosos, altamente peligrosos, moderadamente peligrosos y levemente peligrosos, de acuerdo con las referencias bibliográficas que dispone la Intendencia.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 4

Para determinar la categoría toxicológica se tendrá en cuenta:
a) la información existente en el Servicio y bibliografía al respecto;
b) la información suministrada por la empresa solicitante;
c) se solicitará información y asesoramiento al Centro de Información y Asesoramiento Toxicológico (CIAT) de la Facultad de Medicina y
d) Se podrá proceder al control analítico y de prueba de los productos, verificando su formulación.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 4 inc. 2