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Digesto Departamental
Planeamiento de la Edificación.
Del Planeamiento de la Edificación
Reglamentaria
Obras sanitarias
De la Evacuación de los Desagües

Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
Nota:

Por Res.IM Nº 4465/21 de fecha 23 de noviembre de 2021 se sustituyó el numeral 3.1.3 “Disposiciones Locativas”, del Capítulo 3 “De los servicios gastronómicos y plazas de comidas” de la mencionada regulación, habilitando nuevamente el funcionamiento de buffets y salad bars. También podrán contar con estos servicios los supermercados.

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

    


Libro XVI
Del Planeamiento de la Edificación
Parte Reglamentaria
Título V
Obras sanitarias
Capítulo V
De la Evacuación de los Desagües

DEJADO SIN EFECTO

 Dejado sin efecto por Res.IMM 1699/11 de fecha 12/04/11 num. 16.


Las cañerías subterráneas de desagüe se deberán colocar en los patios, zaguanes, corredores o lugares abiertos de los edificios o en el exterior de los mismos. Sólo cuando no sea posible adoptar esta disposición se permitirá establecerlas bajo las habitaciones. En los proyectos se deberá atender las siguientes directivas:

a) Ubicar las cañerías, siempre que sea posible, por el exterior de los edificios y cuando no lo sea, colocar las cámaras fuera de las habitaciones.

b) Colocar los interceptores de grasa en sitios abiertos y fuera de las cocinas.

c) En el saneamiento interno de todo grupo de viviendas, las cañerías subterráneas de desagüe general deberán emplazarse en lugares comunes que no sean de uso privado --de ser posible bajo sendas peatonales o vehiculares-- de modo tal que sus puntos de inspección y acceso resulten permanentemente accesibles. No proyectar las instalaciones de modo que las aguas o gases de una vivienda pueda molestar a otra.

FuenteObservaciones
num. 16

(Evacuación de las aguas pluviales de los edificios). Los caños verticales de bajada de aguas pluviales se dispondrán de acuerdo a la capacidad de desagüe determinada por el área de cobertura establecida en el Artículo R.1699.10.
Las terrazas, balcones, etc., cuya superficie no sea mayor de 20 m², se podrán desaguar por medio de caños de diámetro mínimo de 50 mm, en piletas de patio o bocas de desagüe subterráneas o suspendidas.
Los salientes y cuerpos avanzados de las fachadas situadas en la línea oficial de edificación, incluso las marquesinas de un volado no mayor que el reglamentario para los balcones, podrán evacuar las aguas pluviales directamente a la vía pública, siempre que no concentren las aguas en determinados puntos.

1. Desagües semiconcentrados

Las terrazas, balcones, salientes y cuerpos avanzados exteriores de los edificios cuyas superficies sean inferiores a 20 m², podrán desaguar directamente por medio de orificios vertederos uniformemente repartidos en su frente. El largo total de la línea de vertimiento será como mínimo de un 15% de la longitud frontal de la superficie de desagüe. Los orificios vertederos tendrán las siguientes dimensiones mínimas: largo 0.40 mts, alto 3 centímetros.

2. Marquesinas con edificios comerciales

Las marquesinas de los edificios comerciales que se reforman, amplíen o mejoren, cuando la superficie sea inferior a 20 m², se podrán desaguar en la calzada por medio de cañerías dispuestas adosadas a los muros del frente y por debajo de la acera hasta atravesar el cordón respectivo. Las cañerías para el desagüe serán realizadas con materiales adecuados de modo que ofrezcan a juicio de la oficina competente la seguridad y resistencia necesarias. Estas cañerías tendrán una sección mínima interna de 0.0021 m², con un lado mínimo de 0.03 mts.

3. Desagües de terrazas en sistemas unitarios

Los desagües de pluviales que se envíen a cajas sifonadas que reciben aguas de baños o de cocinas no deberán, servir una superficie superior a los 3 m².

4. Desagües de los equipos de aire acondicionado

Los desagües de los equipos de aire acondicionado deberán ser vertidos a la red de instalaciones sanitarias internas.

FuenteObservaciones
num. 12
num. 18

(Distancia entre bocas de desagüe secundarias y pluviales). Las cañerías subterráneas destinadas a evacuar aguas secundarias o pluviales deberán realizarse mediante tramos separados entre sí por bocas de desagüe. Las distancias y secciones mínimas se establecen en la siguiente tabla:

Sección mínima boca de desagüe (cms)Diámetro mínimo del tramo (mm)Distancia máxima (m)
0.20 x 0.20507
0.40 x 0.4010015
0.60 x 0.6010020
0.60 x 0.6016025
FuenteObservaciones
num. 13
num. 19

(Cámaras de inspección y limpieza). Las cámaras de inspección y limpieza, en general, hasta 1.00 metro de profundidad hasta el asiento de la contratapa, serán de 0.60x0.60 mts.

Para profundidades mayores de 1 metro, sus bocas serán de 0.60x0.60 mts y las cámaras se harán de 1.10 metros por 0.60 metros; y cuando la profundidad sea mayor de 1.50 metros, el ensanche tendrá una altura mínima de 1.20 metros. Las cámaras de más de 1.00 metro de profundidad estarán dotadas de escalones de hierro galvanizado, espaciados cada 0.40 metros.

Las cámaras de inspección y limpieza fabricadas en sitio, que no reciban ramales, podrán ser de 0.40x0.40 mts, siempre que su profundidad no sea mayor a 0.60 metros.

Se admitirán cámaras de inspección del tipo con fondo prefabricado (autorizadas por la Oficina competente) de material resistente a los desagües a verter en ella, que pueden recibir hasta dos ramales, siempre y cuando la sección horizontal sea mayor o igual a 0.40x0.40 mts (o de sección circular de 0.40 mts de diámetro) y su profundidad no supere los 0.60 metros.

En caso de que la sección horizontal sea mayor o igual a 0.60x0.60 mts (o de sección circular de 0.60 mts de diámetro), deberán cumplir los requerimientos de profundidades indicados para las cámaras fabricadas en sitio.

Los pisos de las cámaras tendrán canaletas y banquetas destinadas a facilitar el desagüe de los líquidos.

La parte inferior de la canaleta o cuneta será de forma semicircular y cilíndrica, y su altura será, como mínima, la misma del caño de mayor diámetro que llegue a la cámara. La pendiente de la canaleta no será inferior al 5% y la pendiente transversal de las banquetas al 20%. En casos especiales se podrá admitir que se mantenga la pendiente uniforme de la cañería.

FuenteObservaciones
num. 14
num. 19

(Cámaras secas). Los puntos de inspección de cañerías a través de “cámaras secas”, tendrán una sección horizontal de 0.40x0.40 mts para profundidades de cañería hasta 0.60 mts. Para profundidades mayores a 0.60 mts, la sección horizontal será de 0.60x0.60 mts como mínimo, y para profundidades mayores a 1 mt. serán de 0.60 x 1.10 mt.

FuenteObservaciones
num. 15
num. 19

(Pileta de patio, cajas sifonadas y bocas de desagüe). Las piletas de patio, cajas sifonadas y bocas de desagüe serán tapadas o abiertas. Las primeras desaguarán por medio de un sifón cuya carga no será inferior a 50 mm. Las tapas de las piletas de patio y bocas de desagüe deberán tener un cierre adecuado a su ubicación; las abiertas llevaran tapas caladas.

Las secciones horizontales mínimas para las piletas de patio o bocas de desagüe serán de 0.15x0.15 mts para profundidades de hasta 0.40 metros; y serán de 0.40x0.40 mts para profundidades hasta 0.60 y de 0.60x0.60 metros hasta 1.00 metro de profundidad; para mayores profundidades tendrán las dimensiones indicadas para las cámaras de inspección.

En general, la sección horizontal de las piletas de patio y bocas de desagüe estará en relación con el número de cañerías de entrada y la cantidad de agua que recibirán y con el diámetro de los caños de desagüe o de salida.

Las piletas de patio como las bocas de desagüe se construirán, en lo que sea aplicable, con los mismos materiales que para las cámaras de inspección.

Se admitirán también piletas de patio y bocas de desagüe fabricadas de una sola pieza de materiales resistentes al tipo de desagüe que reciba.

FuenteObservaciones
num. 16
num. 19

(Ubicación de las piletas de patio y bocas de desagüe). Las piletas de patio y bocas de desagüe se colocarán (siempre que sea posible, y a juicio de la Oficina competente) en lugares descubiertos como terrenos, jardines o patios de dimensiones reglamentarias, pudiendo en estos casos ser abiertas.

Cuando reciban desagües de interceptores de grasas, las tapas deberán ser siempre cerradas.

FuenteObservaciones
num. 17
num. 19

(Distancia de las piletas de patio a las cámaras y a la cañería principal). Las distancias máximas entre las piletas de patio y las cámaras serán las siguientes:
a) para las piletas de profundidad mayor de 0.60 metros, la distancia será de 3.00 metros;
b) para piletas de profundidad menor de 0.60 metros, la distancia será de 5.00 metros.
Cuando las piletas de patio desagüen directamente en la cañería principal o en los ramales, no se podrán colocar a una distancia mayor de 1.00 metro de la cañería principal o de los ramales. En estos casos la profundidad de las piletas de patio no será mayor de 0.60 metros.

FuenteObservaciones
num. 19

(Desagües de piso). Los desagües de piso estarán cubiertos con un marco y una tapa calada. Estas serán cuadradas o circulares y tendrán como mínimo 0.10 metros de lado o diámetro.

FuenteObservaciones
num. 18
num. 19

(Longitud de los tramos de las cañerías primarias).
Tabla 1.
Distancia máxima entre tramos de la cañería principal y de los ramales subterráneos

 Distancia máx. entre cámaras de inspección (m)
Díametro (mm)Sección 0.6 x 0.6 mSección 0.4 x 0.4 m
   1102015
>=1602515


Tabla 2. Longitud máxima de los tramos finales de los ramales para inodoros pedestal y para taza turca

Longitud máxima de los tramos finales (m)
Inodoro PedestalTaza Turca
105
FuenteObservaciones
num. 19
num. 19

(Tramos y ramales con columnas de desagües). Los tramos de cañerías primaria a los que accedan ramales de desagües, la distancia máxima entre cámaras de inspección o entre cámara de inspección y cámara seca, será de 15 metros entre ejes de los mismos. Los mismos admitirán hasta 3 columnas de bajadas conectadas a ramal, las cuales no podrán estar distanciadas más de 3.00 metros del pie de columna.
El diámetro mínimo del tramo al que accede ramal con columna de bajada, será de 160 milímetros. Cuando al tramo acceda un solo ramal, el diámetro de éste podrá ser de 100 milímetros. Cuando acceda al mismo más de un ramal (y hasta 3), el diámetro del tramo tendrá un valor inmediato mayor.

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num. 19

(Lavado de inodoros y mingitorios). La limpieza o lavado del inodoro se logrará mediante la descarga de un tanque o cisterna que podrá estar o no incorporado al artefacto, o mediante la utilización de válvulas de descarga.

Los tanques o cisternas deberán tener la capacidad suficiente para lograr la limpieza total del inodoro y de reponer el sello hidráulico.

Cuando se empleen válvulas de descarga de agua para la limpieza de inodoros, el diámetro del caño alimentador estará de acuerdo con la presión de agua de la cañería de donde se derive el caño alimentador o con la altura del agua del tanque que alimenta la válvula.

Todo mingitorio debe contar con un sistema de lavado que asegure su autolimpieza. Los mingitorios individuales deberán contar con válvula de descarga (con sensor óptico o manual) o bien un depósito de agua de no menos de 5 lts. de capacidad colocado a una altura conveniente. El mingitorio colectivo deberá contar con un sistema de limpieza contínuo (con llave de paso en la entrada) o bien un tanque común de capacidad apropiada.

Los depósitos podrán ser de descarga facultativa o automática. En este último caso, las descargas de agua se efectuarán de un depósito servido por una llave de paso.

En ningún caso se podrán instalar tanques de limpieza de inodoros u otros artefactos, en el interior de los muros medianeros ni divisorios entre unidades de propiedad horizontal.

FuenteObservaciones
num. 20
num. 19

(Desagües de inodoros colocados en serie). Se permitirá la instalación, en horizontal, de hasta 5 inodoros colocados en serie, conectados a tramo a través de ramal Y, entre puntos de inspección (cámaras de inspección o cámaras secas). El diámetro del tramo colector será obligatoriamente de 160 mm. Se realizará la ventilación de todos los sifones en 63 mm, los cuales podrán estar conectados a un solo caño de ventilación.

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num. 21
num. 19

(Desagües de inodoros instalados en planta alta). La longitud máxima de los ramales correspondientes a cañerías verticales de descarga de inodoros instalados en plantas altas, no podrá ser mayor de 10 mts, medida desde la unión con la cañería horizontal hasta el pie de la cañería vertical. Cuando los ramales tengan una longitud mayor de 3 mts, llevarán un punto de inspección en la unión con la cañería vertical un caño cámara, y cuando los ramales horizontales tengan una longitud entre 3 y 5 mts un caño con tapa; tanto el caño cámara como el caño con tapa se podrán disponer vertical u horizontalmente o en la curva y se deberá colocar en condiciones que sean accesible.

Las uniones de las cañerías verticales de descarga de inodoros con los ramales subterráneos o suspendidos se efectuarán utilizando caños curvos, debiendo ser caños con base cuando sean subterráneos. Se interpondrá un sifón cuando las cañerías verticales sean de descarga de aguas servidas o de aguas pluviales.

En toda cañería principal y en sus ramales cuando sean subterráneos se podrán desaguar directamente cañerías verticales de descarga de inodoros, siempre que los extremos de la cañería horizontal sean accesibles y que se coloquen puntos de inspección en las cañerías verticales sobre el nivel de piso más bajo.

Por una cañería vertical de 100 mm de diámetro para descarga de aguas amoniacales exclusivamente, se podrán evacuar 40 inodoros.

Cuando se evacuen inodoros por cañerías verticales de descarga de aguas pluviales (en sistemas unitarios), se descontarán 2 m² de superficie por cada inodoro que se desagüe.

FuenteObservaciones
num. 22
num. 19

(Instalación de mingitorios). Los desagües en general de los mingitorios instalados en serie podrán reunirse por medio de bocas de desagüe que deberán tener cierre hermético, o podrán concentrarse utilizando caños de 63 mm cuando el número de urinarios no sea mayor de cinco. Para mayor número se colocarán ramales de 100 mm.

Los muros de los orinales de canaleta serán revestidos de materiales impermeables.

Las canaletas serán de acero inoxidable, soldadas, y cuando se hagan en entrepisos se dispondrá su segura unión a la pileta de patio en la cual desagüe la canaleta.

FuenteObservaciones
num. 23
num. 19