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Digesto Departamental
Planeamiento de la Edificación.
Del Planeamiento de la Edificación
Reglamentaria
Obras sanitarias
De las Inspecciones y Pruebas

Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
Nota:

Por Res.IM Nº 4465/21 de fecha 23 de noviembre de 2021 se sustituyó el numeral 3.1.3 “Disposiciones Locativas”, del Capítulo 3 “De los servicios gastronómicos y plazas de comidas” de la mencionada regulación, habilitando nuevamente el funcionamiento de buffets y salad bars. También podrán contar con estos servicios los supermercados.

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

    


Libro XVI
Del Planeamiento de la Edificación
Parte Reglamentaria
Título V
Obras sanitarias
Capítulo V.V
De las Inspecciones y Pruebas

(Procedimientos para efectuar inspecciones). Las solicitudes de inspecciones parciales y final de las Instalaciones Sanitarias Internas se realizarán por medio de formularios elaborados a los efectos, en la Oficina competente encargada de la fiscalización de las obras sanitarias, las que serán suscritas por el profesional o técnico responsable de la ejecución de las obras, especificándose el sector de las obras sanitarias cuya inspección se solicita.
La oficina competente tomará las previsiones necesarias a efectos de que la inspección de las instalaciones sanitarias, previamente coordinada, se realice dentro de los dos días hábiles siguientes a al presentación de la solicitud.
En caso de no poder darse cumplimiento con este plazo por razones imputables a la Oficina, el interesado comunicará tal situación debiendo ejecutarse la misma en el siguiente día hábil de constatado tal hecho.
Asimismo el profesional o técnico responsable deberá tomar los recaudos necesarios para que la inspección coordinada pueda ser realizada, debiendo contar en obra con los correspondientes planos aprobados.

FuenteObservaciones
num. 25

(Inspecciones parciales de las instalaciones). Las instalaciones serán inspeccionadas antes de cubrirlas de acuerdo a las etapas de obra y a los rubros correspondientes al tipo de instalación a inspeccionar, indicados en los formularios.

FuenteObservaciones
num. 25

(Inspección de zanjas, materiales, niveles, etc). En el acto de inspección, se verificará el replanteo de las obras, la ejecución de las zanjas, la calidad del suelo sobre el cual irá colocada la cañería y pendiente de las mismas. Asimismo se inspeccionará la calidad de los materiales utilizados para la instalación subterránea verificando las dimensiones y certificación o aprobación de ellos.
Se inspeccionará el fondo de las cámaras de inspección, cámaras en rústico hasta el apoyo de la contra tapa y las piletas de patio y bocas de desagüe y sus correspondientes bases.

FuenteObservaciones
num. 25

(Procedimientos de inspección de desagües). Las pruebas hidráulicas de cañerías de desagües, en general, se realizarán de acuerdo a los siguientes procedimientos:
1.- Prueba hidráulica de cañerías subterráneas
Para efectuar esta prueba se colocará en el extremo más bajo de la cañería que se prueba, un tapón de cierre hermético, y en el otro extremo una prolongación temporal del caño vertical de dos metros de alto como mínimo, llenándose posteriormente la cañería de agua hasta enrasar una altura fija. Después de una hora de llenada la cañería se comprobará si durante el intervalo mínimo de diez minutos no varía el nivel del agua en el tubo prolongación y durante este tiempo se revisarán los caños y las juntas de los mismos y enchufes con cámaras de inspección. Se comprobará también el buen escurrimiento del desagüe del contenido del tramo de cañería inspeccionado y del caño vertical mencionado.
2.- Prueba hidráulica de columnas de desagüe y cañerías suspendidas
Con similares criterios de procedimiento que para cañerías subterráneas se efectuará la prueba hidráulica para las columnas de desagüe y las cañerías suspendidas.
3.- Prueba hidráulica de cañerías subterráneas en regularizaciones y obras terminadas.
La prueba hidráulica a que se someta a las distintas partes de las cañerías subterráneas en instalaciones u obras sanitarias terminadas consistirá en llenar todas las cañerías, las cámaras de inspección, las piletas de patio y las bocas de desagüe terminadas, hasta el nivel de piso o pavimento terminado del sector en que se esté realizando la prueba, colocando previamente los tapones necesarios, comprobando la no variación del nivel de agua.

FuenteObservaciones
num. 25

(Procedimiento de inspección de abastecimiento de agua). Las tuberías de distribución de agua fría y caliente, tanto directa como derivada, se someterán a una prueba hidráulica a una presión mínima de 7 Kg/cm2 durante una hora. Dicha condición se constatará por medio de la colocación de manómetros en la instalación. En el caso de regularizaciones podrá exigirse, teniendo en cuenta la edad de las instalaciones, que la prueba se efectúe a una presión del doble del funcionamiento normal, o que se realice a la presión existente en el funcionamiento habitual de las instalaciones de distribución de agua.

FuenteObservaciones
num. 25

(Inspección final). La inspección final, consistirá en la revisión de todas las instalaciones sanitarias, entendiéndose por ello la verificación de la colocación de todos los artefactos sanitarios, bombas o equipamientos que figuren en los planos aprobados y que posibiliten el buen funcionamiento de las mismas.
La inspección final además debe tener en cuenta lo previsto por los artículos R.1724, R.1725, R.1726 y R.1728.

FuenteObservaciones
num. 25