Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Higiene y Asistencia Social
Legislativa
Pescados y productos pesqueros.(DEROGADO)
Conservas de pescado y productos pesqueros.
Definiciones para conservas de pesacado y productos pesqueros. (DEROGADO)

Volumen VI Higiene y Asistencia Social

Parte Legislativa
Título II
Nota:

La mayoría de los artículos contenidos en el Título II fueron derogados por Dto. JDM Nro. 33.493 de fecha 30/08/10, art. 1, con excepción de los siguientes: D. 974 a D. 974.3, D. 1091.1 a D. 1091.8, D. 1467 y D. 1469 a D. 1471.3. Con posterioridad se incorporaron los artículos D.1521.1 a D.1521.6, D.1748.1 a D.1748.45 y D.1774.82 a D.1774.85, los que se hallan vigentes.
Por Res. IM Nro. 4531/10 de fecha 30/09/10, num 1º, se aplica el Reglamento Bromatológico Nacional, sin perjuicio de las excepciones y las normas complementarias y/o reglamentarias que al respecto se establezcan.

Capítulo XIV
Pescados y productos pesqueros.(DEROGADO)
Sección II
Conservas de pescado y productos pesqueros.
 Definiciones para conservas de pesacado y productos pesqueros. (DEROGADO)

DEROGADO

Conserva de pescado. Es la conserva elaborada a base de pescado, contenida en un envase hermético, que ha sido sometida a un tratamiento térmico que garantiza su esterilidad industrial y puede ser conservada a temperatura ambiente.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Se distinguen los siguientes tipos de conservas de pescado, de acuerdo a su elaboración:

a) Conserva de pescado al natural. Es aquella elaborada a base de pescado crudo o cocido, cuyo líquido o medio de cobertura es una solución diluida de sal común.
b) Conserva de pescado en su propio jugo. Es la conserva elaborada a base de pescado precocido, cuyo líquido o medio de cobertura está constituido por el jugo de cocción propio del pescado, sazonado con sal.
c) Conserva de pescado en aceite. Es aquella cuyo líquido o medio de cobertura es aceite.
d) Conserva de pescado en salsa. Es aquella cuyo líquido de cobertura es una salsa.
e) Conserva de pescado ahumado. Es aquella elaborada a base de pescado que ha sido sometido a un proceso de ahumado, definido en D.1655.
f) Conserva de pasta de pescado. Es la conserva elaborada a base de pescado crudo, cocido, ahumado o frito y que ha sido convenientemente molido, con o sin adición de aceite comestible, condimentos y otros ingredientes opcionales.
g) Conservas de pescado diversas. Es la conserva elaborada a base de pescado crudo, cocido, frito o sometido a otras preparaciones, adicionadas de un líquido o medio de cobertura distinto a los anteriores.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Se distinguen las siguientes clases de conservas de pescado, de acuerdo a la forma del contenido:
a) Eviscerado. Es pescado libre de visceras, con excepción de riñones y gónadas.
b) Filetes. Son músculos de pescado obtenidos según D.1644.7 desprovistos de los huesos de la espina dorsal, sin espinas, sin escamas, con o sin piel.
c) Medallones o Postas. Son partes obtenidas al cortar las piezas de pescado eviscerado en sentido perpendicular a su espina dorsal.
d) Trozos. Son pedazos de pescado que tienen como mínimo 1.2 cm. de longitud en cada lado y mantienen la estructura original del músculo.
e) Desmenuzado (grated). Son porciones pequeñas de pescado de una misma especie.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Pescado salado y salado-seco. Es el producto obtenido a partir de distintos cortes de pescado, sometido al proceso de salazón, pudiendo ser secado (en el caso de salado-seco) en forma natural o artificial.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Producto pesquero ahumado. Es el que después de preparado adecuadamente, según el producto deseado, es sometido a la acción del humo mediante técnicas autorizadas de ahumado frío, ahumado caliente, ahumado líquido o ahumado electrostático.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Surimi. Es la pulpa de pescado lavada. Se obtiene a partir de pescado fresco luego de eliminar la cabeza, eviscerar, limpiar, separar mecánicamente los tejidos musculares comestibles de la piel, eliminar el exceso de agua mediante prensado y de mezclarlo con diferentes aditivos autorizados en la lista general de aditivos alimentarios, para su posterior aplicación. El surimi es una materia prima intermedia para la preparación de salchichas, productos gelatinosos (kamaboko) y una variedad de análogos (cangrejo, langostinos, vieiras y otros).

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1