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Digesto Departamental
Higiene y Asistencia Social
Legislativa
Alimentos azucarados.(DEROGADO)
Miel y productos relacionados.
Disposiciones particulares para miel.

Volumen VI Higiene y Asistencia Social

Parte Legislativa
Título II
Nota:

La mayoría de los artículos contenidos en el Título II fueron derogados por Dto. JDM Nro. 33.493 de fecha 30/08/10, art. 1, con excepción de los siguientes: D. 974 a D. 974.3, D. 1091.1 a D. 1091.8, D. 1467 y D. 1469 a D. 1471.3. Con posterioridad se incorporaron los artículos D.1521.1 a D.1521.6, D.1748.1 a D.1748.45 y D.1774.82 a D.1774.85, los que se hallan vigentes.
Por Res. IM Nro. 4531/10 de fecha 30/09/10, num 1º, se aplica el Reglamento Bromatológico Nacional, sin perjuicio de las excepciones y las normas complementarias y/o reglamentarias que al respecto se establezcan.

Capítulo XIX
Alimentos azucarados.(DEROGADO)
Sección II
Miel y productos relacionados.
 Disposiciones particulares para miel.

DEROGADO

De acuerdo a su origen, las mieles se clasifican en:

a) miel de flores, es la obtenida principalmente de los néctares de las flores, la que puede ser unifloral (o monofloral) si procede de flores de una misma familia, género o especie, o multifloral;

b) miel de mielada, es la obtenida primordialmente a partir de secreciones de las partes vivas de las plantas o de excreciones de insectos succionadores de plantas, que se encuentran sobre ellas.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

La miel, según su origen, debe cumplir además las siguientes exigencias:

 Miel de flores m/mMiel de mielada mezcla m/m
Azúcares reductores (expresado en azúcar invertido)mín. 65%mín 60%
Humedad máx. 20%máx. 20%
Sacarosa aparente máx. 5%máx 10%
Dextrinasmáx. 5%máx. 5%
Cenizasmáx. 0.6%máx. 1%
Acidez libremáx. 40 meq/gmáx. 40% meq/g
Solidos insolubles en agua (se exceptúa la miel prensada en la que se tolera hasta 0.5% de sólidos insolubles en agua). máx.0.1%max. 0.1%

 

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

De acuerdo al procedimiento de obtención, las mieles se clasifican en:

a) miel escurrida, es la obtenida por escurrimiento de los panales desoperculados, sin larvas;

b) miel prensada, es la obtenida por prensado de los panales sin larvas;

c) miel centrifugada, es la obtenida por centrifugación de los panales desoperculados sin larvas;

d) miel filtrada, es la que ha sido sometida a un proceso de filtración, sin perder su poder nutritivo.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Según su presentación se distingue los siguientes tipos:

a) miel, es la miel en estado líquido, cristalizado, o una mezcla de ambas;

b) miel en panales o miel en secciones, es la miel almacenada por las abejas en alvéolos operculados de panales nuevos, construídos por ellas mismas, que no contengan larvas, y comercializada en panal entero o secciones de tales panales;

c) miel con trozos de panal, es la que contiene uno o más trozos de panales con miel, exentos de larvas;

d) miel cristalizada o granulada, es la que ha experimentado un proceso natural de solidificación como consecuencia de la cristalización de la glucosa;

e) miel cremosa, es la que tiene una estructura cristalina fina y que puede haber sido sometida a un proceso físico que le confiera esa estructura y que haga fácil de untar.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

La miel fraccionada, acondicionada en envases herméticos, así como la miel a granel, debe rotularse de acuerdo a los requisitos generales de rotulación, pudiendo agregarse en la denominación el tipo a que pertenece según los artículos D.1746.4, D.1746.6 y D.1746.7 en el caso en que se trate de miel de flores, podrá denominarse de acuerdo a la flor que proporciona la parte principal de néctar, siempre que los caracteres sensoriales (sabor y aroma) sean los propios de la flor de origen.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1