Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales
Congreso de Intendentes
Instituto Uruguayo de Capacitación Municipal (INSUCAM). Acta de Creación

Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título III
Congreso de Intendentes
Capítulo III
Instituto Uruguayo de Capacitación Municipal (INSUCAM). Acta de Creación

ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN:
En la República Oriental del Uruguay, así como a nivel regional y mundial, se han comenzado a recorrer procesos de municipalización y/o descentralización. Dichos procesos se dan en un contexto caracterizado por la dinámica vertiginosa, la globalización, la integración regional, los avances tecnológicos y fundamentalmente por la revolución en materia de telecomunicaciones que nos posibilitan estar en contacto en tiempo real, con los puntos más distantes del planeta.
Estos procesos de municipalización y/o descentralización, no pueden sustentarse, ni colmar las expectativas generadas, sin una profunda reforma de la gestión municipal tradicional y concomitantemente es impensable una reforma de la gestión, sin capacitación de quienes habrán de sustentarlas.
Nuestros Municipios tienen recursos escasos. En su gran mayoría, por esta razón no han podido, ni se visualiza puedan hacerlo en el corto plazo, atender las necesidades de capacitación inherentes a la actual realidad de cambio constante, donde la capacidad de aprender es una de las aptitudes más desarrolladas con la que el ser humano ha de contar.
Sin embargo existen en el país, Municipios con infraestructura disponible y recursos humanos idóneos, capaces de dar satisfacción a estas necesidades insatisfechas, bastando para ello voluntad política y coordinación de acciones.
Los procesos de municipalización y/o de descentralización que viven nuestros Municipios, tienen rasgos comunes y también particulares. Avanzan en medio de aciertos e imperfecciones, amenazas y oportunidades. La posibilidad de aprovechar las experiencias ajenas; las buenas para adaptarlas a las distintas realidades y las negativas para no recorrerlas, está al alcance de todos, con los medios tecnológicos actuales y las cortas distancias que nos separan, siendo necesario contar con una organización cooperativa capaz de aglutinar a todos los interesados en compartir información y asistencia técnica.
Es por estas razones que, en la ciudad de Montevideo, a los 29 días del mes de enero de 1997, reunidos los representantes de las Intendencias de la República Oriental del Uruguay, de común acuerdo resuelven:

I) Crear el Instituto Uruguayo de Capacitación Municipal (INSUCAM) que funcionará con autonomía técnica y tendrá los siguientes cometidos:
a) Entender en todo lo relativo a la formación, capacitación y actualización de los recursos humanos municipales de todo el país;
b) Estimular la cooperación intermunicipal y promover un intercambio activo de informaciones, experiencias y asistencia técnica entre los gobiernos departamentales del país;
c) Mantener contacto con los organismos nacionales e internacionales y con los centros de capacitación e investigación en materia de administración y fomento de los municipios.

II) ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCION DEL INSUCAM
Habrá una Asamblea General compuesta por 19 miembros, representantes de cada una de las  Intendencias del país, cuyos cometidos serán:
a) presentar las necesidades de capacitación y asistencia técnica de los Gobiernos Departamentales.
b) aprobar el programa de actividades formulado por el Comité Ejecutivo.
c) efectuar el seguimiento de los programas y decisiones adoptadas.
d) aprobar los proyectos de convenio entre el INSUCAM e instituciones no municipales.
e) dirimir los desacuerdos no resueltos por el Comité Ejecutivo.
f) Elegir la Sede del INSUCAM y los miembros del Comité Ejecutivo.
g) Aprobar y/o modificar el Reglamento, interpretarlo y decidir sobre asuntos no previstos en el mismo.

La Dirección permanente del INSUCAM estará a cargo de un Comité Ejecutivo de tres miembros electos por la Asamblea General, de entre sus miembros.
Presidirá el Comité Ejecutivo, el representante del Gobierno Departamental que haya sido electo Sede del INSUCAM.
Cada dos años se elegirán los integrantes del Comité Ejecutivo y la Sede del INSUCAM, pudiendo ambos ser reelectos, en cualquier caso siempre por decisión de la mayoría de la Asamblea General.

Serán cometidos del Comité Ejecutivo:
a) Programar las actividades del INSUCAM y proponerlas para su aprobación a la Asamblea General.
b) Implementar y efectuar el seguimiento de los programas y decisiones aprobadas por la Asamblea General.
c) Proponer a la Asamblea General proyectos de convenio entre el INSUCAM e instituciones no municipales.
d) Difundir y promocionar las actividades del INSUCAM.
e) Identificar fuentes de financiamiento de las actividades.
f) Realizar asesorías, estudios, investigaciones y formular proyectos que posibiliten una mejora de la gestión de los Gobiernos Departamentales.

Serán cometidos del Presidente del INSUCAM:
a) administrar el INSUCAM para el eficiente logro de sus objetivos.
b) Representar el INSUCAM en todos sus actos.
c) Presidir las sesiones de la Asamblea General.

III) DE LOS MIEMBROS
Para ser miembro activo del INSUCAM se requiere:
a) Haber participado de las reuniones de conformación del INSUCAM y haber suscrito el Acta de Creación, o
b) Formular por escrito una solicitud de pertenecer a él en calidad de miembro activo, y
c) Pagar la Cuota Anual de afiliación, equivalente a U$S 300(trescientos dólares americanos).
d) Participar activamente de los programas establecidos.
e) Acatar las disposiciones emanadas de la Asamblea General y su Comité Ejecutivo.
Los miembros activos participarán en la Asamblea General con voz y voto, siendo su carácter institucional.

Por Intendencia Municipal de Canelones-ESC. Lilián Pettinare.
Por Intendencia Municipal de Flores-DR. Jorge Mazzulo.
Por Intendencia Municipal de Lavalleja- Sra. Rosa Hartmann.
Por Intendencia Municipal de Paysandú-Ing.Agr. Jorge Dighiero.
Por Intendencia Municipal de Río Negro- Sr. Omar A.Buffo.
Por Intendencia Municipal de Rocha- Sr. Willy Gonnet.
Por Intendencia Municipal de San José- Mtro.Julio Salinas.
Por Intendencia Municipal de Soriano- Cra. Shirley Simonelli.
Por Intendencia Municipal de Treinta y Tres- Sr. Marcelino Umpierrez.
Por Intendencia Municipal de Treinta y Tres- Sr. Carlos Schwendenwein .
Por la Intendencia Municipal de Montevideo- T.A Sergio Villanueva.

FuenteObservaciones