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Digesto Departamental
Relación Funcional
De la relación funcional
Reglamentaria
Del carnet identificatorio
Carnet identificatorio para inspectores/as y funcionarios/as que desempeñan tareas externas

Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo III.1
Del carnet identificatorio
Sección II
Carnet identificatorio para inspectores/as y funcionarios/as que desempeñan tareas externas

Todos/as los/as funcionarios/as que desempeñan tareas externas o como inspector/a, cualquiera sea la dependencia en la que revistan, utilizarán carné identificatorio, de acuerdo a los modelos propuestos por el Servicio de Administración de Gestión Humana y siguiendo las siguientes características:

a) Carné de Inspector/a:
- Plastificado en material transparente blanco.
- Impresión sobre papel blanco.
- Formato; largo 95 mm, ancho 65 mm, plastificado.
- El anverso contendrá la foto del/la funcionario/a y el logo oficial vigente al momento de su expedición debajo del cual habrá una barra horizontal cuyo color será el establecido por el manual de identidad institucional también vigente a esa fecha que contendrá la leyenda "Inspector/a".

En el caso de funcionarios/as inspectores que revistan en el Escalafón Profesional y Científico, contendrá además la denominación de su carrera (por ejemplo: tratándose de arquitectos, la leyenda dirá: "Inspector/a Arquitecto/a" o "Arquitecto/a Inspector/a" indistintamente).

En el caso de inspectores de Espectáculos Públicos, la barra horizontal será siempre de color rojo y debajo de la leyenda de Inspector/a contendrá otra que dirá: "Espectáculos Públicos". Por encima de la barra antedicha, en forma claramente impresa y con tinta negra, las inscripciones "INTENDENCIA DE MONTEVIDEO": Gestión Humana y Recursos Materiales". Por debajo y en el siguiente orden, el nombre del funcionario, la repartición a la que pertenece, el número de cédula de identidad del funcionario y la fecha de vencimiento del carné. En su reverso sobre el sector izquierdo, número de carné y sobre el sector derecho el escudo del Departamento de Montevideo, impreso a una tinta, en material poliéster holográfico de 1,5 cm por 1,5 cm troquelado perimetral, de forma circular y autoadhesivo. Al pie sobre el sector izquierdo la firma del Director General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales y al pie sobre el sector derecho se ubicará la firma del/de la Secretario/a General.

b) Carné de Funcionario/a - Tareas Externas:
Tendrán las mismas características de formato que el anteror, con la modificación de la descripción que aparecerá en la barra horizontal con el color insticucional, la cuál contendrá la denominación "Funcionario/a", debajo de la cual se incluirá la descripción "Tareas Externas". En su reverso tendrá las mismas características que el "Carné de Inspector/a".

En el caso de funcionarios/as del Servicio de Regulación Alimentaria debajo de la leyenda de Funcionario/a contendrá otra que dirá: "FISCALIZACIÓN BROMATOLÓGICA".

Los funcionarios Directores de los Servicios que cumplan además tareas de Inspector y/o Fiscalización en sus respectivas dependencias podrán solicitar este carné, el que manteniendo las características generales establecidas precedentemente en la barra horizontal de color del anverso contendrá la leyenda que indique que se trata del Director del Servicio respectivo.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
Incorpora el carné identificador de Inspector/a de Espectáculos Públicos.
num. 2
num. 1
num. 1
num. 1

La Secretaría General remitirá el modelo de carné que se confeccione, al Ministerio del Interior y a los demás organismos que corresponda, a efectos de hacer conocer a sus dependencias, la documentación que identifica a los funcionarios con tareas externas de esta Intendencia.

FuenteObservaciones
num. 2
num. 6

El formato aprobado podrá ser extendido para identificar a funcionarios de otros escalafones, cuando así lo disponga el Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales.

FuenteObservaciones
num. 3
num. 7

Todas las dependencias que tengan necesidad de otorgar documentos identificatorios a funcionarios con tareas externas, deberán dirigirse al Servicio de Administración de Gestión Humana, única dependencia habilitada a emitir carnés institucionales, no reconociéndose ningún otro con este valor.

FuenteObservaciones
num. 4
num. 3
num. 4