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A.224.12

en Totid

Establecer que la aplicación efectiva de las exoneraciones previstas en los artículos 6.º a 8.º del Decreto N.º 37.875 y que se precisan en el presente, será efectuada directamente por la Intendencia de Montevideo, comunicando semestralmente a la Junta Departamental de Montevideo las resoluciones dictadas otorgando los beneficios establecidos.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
224.12
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Art. 224.12
Fuentes
Fuente: 
art. 3º
Administrativo
Órden: 
A.0224.0012.0000.0000.0000