Back to top

A.712.3.10

Trámite en la dependencia competente. El funcionario de mesa de entrada de la dependencia competente para brindar la información deberá elevarlo a su Director o Encargado el mismo día de la recepción física del expediente. La dependencia dispondrá de un plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la recepción física del expediente para devolver las actuaciones a la Secretaría General con la información solicitada si estuviera disponible o con los motivos por los cuales no puede proporcionarse. La remisión de estos expedientes será prioritaria.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
712.3.10
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. I, Título IV, Cap. XL, Secc. II, Art. 712.3.10
Fuentes
Fuente: 
num.1
Observaciones: 
art.4
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0040.0000.0000.0000.0000.G.0002.0000.0000.0000.0000.A.0712.0003.0010.0000.0000