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D.223.317

Tipo de actividades. A los efectos de la presente normativa las actividades se clasifican según su naturaleza, regulándose específicamente, en atención a su significación algunas de las actividades industriales y de servicios, sin perjuicio de lo establecido en el Volumen XV del Digesto Departamental "Planeamiento de la Edificación" para las diferentes actividades y demás disposiciones vigentes.
A. Residencial.
B. Agropecuaria, hortifrutícola y otras producciones rurales.
C. Explotación de minas y canteras.
D. Industrial.
a- industrias manufactureras
b- depósitos
c- comercios de venta al por mayor
d- depósito de metales, chatarrerías, desguazaderos y afines; y depósito de papel, cartón, plástico y sus derivados
e- industrias domesticas y artesanías
f- industrias proveedoras de servicios en general (lavaderos industriales, taller de reparación en general, etc.)
g- estaciones de servicio automotriz y todo establecimiento que brinde cualquier tipo de servicio al automóvil (gomerías, lavaderos, cambio de aceite, etc.)
h- empresas transportistas
i- barraca de materiales de construcción con acopio a cielo abierto
j- depósito y comercialización de supergas y productos inflamables o explosivos
k- hornos de ladrillo de producción artesanal
l- faena de aves
m- depósitos de leña o madera a cielo abierto
E. Servicios.
a- comercio
1. comercio de abastecimiento diario
2. comercio de abastecimiento ocasional
3. supermercados
4. centros comerciales (shoppings)
5. venta de fruta y verdura al por mayor
6. carnicerías
b- hospedaje
c- estacionamiento
d- servicios administrativos (bancos, financieras, casas de cambio, oficinas o escritorios, oficinas de servicios públicos, etc.)
e- alimentación (cafés, bares, restoranes, heladerías, etc.)
f- espectáculos públicos y actos públicos (locales destinados a espectáculos públicos, teatros, cines, auditorios, fonoplateas, salas de baile y de fiesta, boites, cabarets y dancings, locales para actos religiosos, etc.)
g- juegos de salón
h- deportes (estadios o canchas de deportes, clubes deportivos y gimnasios, etc.)
i- educación y cultura (edificios destinados a educación, escuelas, liceos, universidades, academias, institutos (idiomas, computación, etc.) o similares, museos, bibliotecas
j- salud (edificios destinados a la salud, hospitales, policlínicas, etc.)
k- servicios fúnebres.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
223.317
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro II, Parte L, Apar. II, Título X, Cap. I, Secc. II, Art. 223.317
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Fuente: 
art. 11
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
art. D.317
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
art. D.317
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0002.0000.0000.0000.0000.E.0010.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0002.0000.0000.0000.0000.D.0223.0317.0000.0000.0000
Id: 
IV-D.317