De las sanciones. El incumplimiento a las presentes disposiciones, ameritará la aplicación de la siguiente escala de sanciones según su entidad:
1) Infracciones leves y medianas:
a) Advertencia.
b) Multa entre 1 y 35 Unidades Reajustables, según la gravedad de la falta cometida, a criterio de la División Tránsito.
2) Infracciones graves y/o reincidencia: Suspensión del permiso de 1 a 90 días en la prestación del servicio, con retiro de placas de matrículas.
3) Infracciones muy graves y/o contumacia: Revocación del permiso con retiro de placas de matrículas.
Las citadas sanciones serán aplicadas según la naturaleza, gravedad y circunstancias de la infracción sin perjuicio de la obligación de iniciar las acciones penales que pudieran corresponder.
En caso de que los instructores cometan alguna contravención a las disposiciones reguladoras del tránsito, la División Tránsito evaluará las sanciones a aplicar así como las medidas que se adoptarán, todo lo cual reglamentará la Intendencia de Montevideo.