La Junta Especial Asesora, cuyo fallo no tendrá efecto obligatorio para la Administración, deberá expedirse en un plazo máximo de 60 (sesenta) días desde su conformación, indicando los mecanismos específicos de aprendizaje y adaptación a una nueva carrera que considera aplicables a la situación, acorde a las posibilidades y potencialidades del funcionario a estudio.