El funcionario incorporado a una nueva carrera por este mecanismo, percibirá a partir de ese momento además del salario y los complementos de ésta última, la diferencia existente con el sueldo base del cargo anterior y el sueldo base del actual como una compensación a la persona, la que se abatirá de las sumas que le pudieran corresponder en futuras promociones y/o ascensos de estructura.