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R.5

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO SOCIAL
Del Departamento de Desarrollo Social dependerán en línea directa, las siguientes:
DIVISIONES:
- Salud
- Políticas Sociales
- Derechos Humanos
Dependerán además del Departamento en línea directa la Oficina Central, las Unidades Planificación, Monitoreo y Evaluación, Convenios y Asesoría Legal, la Unidad de Difusión y Comunicación, la Secretaría de Seguridad y Salud y en línea asesora la Oficina de Gestión Presupuestal.
- División Salud
Dependerán de la División Salud los siguientes:
Servicios:
- Atención a la Salud, del que dependerán las siguientes Unidades:
 Policlínica Zully Sánchez
 Laboratorio de Citología (SAS) (RIEPS)
 Policlínica Odontológica Yano Rodríguez
 Policlínica Móvil Adela Domínguez
 Policlínica Solidaridad Dr. Francisco Pucci
 Policlínica Casavalle
 Policlínica La Paloma
 Policlínica Casabó
 Policlínica Lavalleja
 Policlínica La Teja
 Policlínica Parque Bellán
 Centro logístico y de diagnóstico Irma Gentile
 Policlínica Barrio Sur
 Policlínica Buceo
 Odontológico José Pedro Varela
 Policlínica Giraldez
- Servicio de Salubridad Pública
- Servicio Fúnebre y Necrópolis
- Servicio de Regulación Alimentaria, del cual dependerán en línea directa las siguientes
Unidades:
- Laboratorio de Bromatología
- Educación para la Salud
- División Políticas Sociales
Dependerán de la División Políticas Sociales las siguientes Unidades y Secretarías:
Unidades:
 Economía Social y Solidaría
 Compras
 Atención y Orientación sobre Servicios Sociales
Secretarías:
- Educación para la Ciudadanía
- Empleabilidad para la Inclusión Social
- División Derechos Humanos
Dependerán de la División Derechos Humanos las siguientes Secretarías:
- de Infancia, Adolescencia y Juventud
- de la Diversidad, de la cual dependerá el Centro de Referencia LGBTIQ+
- Étnico Racial y Poblaciones Migrantes, la cual gestionará la Casa de Guadalupe y el Programa Resuena.
- de las Personas Mayores
- de Discapacidad

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
5
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 5
Notas: 

Por Res.IM Nº 2792/24 de 24/06/2024, num 1º, el Parque de la Amistad pasa a depender en forma directa del Departamento de Cultura.

Por Res.IM Nº 2913/24 de 08/07/2024, num 1º, se crea la Brigada Social que dependerá en forma directa de la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social de acuerdo a lo acordado con el Centro Coordinador de Emergencias Departamentales (CECOED), num 2º se establece que sin perjuicio de las condiciones de trabajo establecidas en las Resoluciones Nros. 790/23/5000, de 20 de octubre de 2023, y 0218/24, de 10 de enero de 2024, los/as funcionarios/as integrantes del grupo de trabajo antes indicado que sean convocados para atender emergencias socio habitacionales en sus distintas fases, deberán ajustar su actuación a las reglas que se indican, siguiendo el procedimiento establecido en la misma. En el num 3º, se establece que los funcionarios que realizarán las tareas de coordinación de la
mencionada Brigada, serán designados de manera fundada por la Dirección General y que percibirán por hora trabajada, la misma remuneración que los brigadistas y por ultimo en el num 5º, se establece que resulta incompatible, para la misma jornada de trabajo, la realización de tareas de brigadistas y/o coordinador, con la realización de horas extras.

Por Res. IM Nº 3176/19 de 08/07/2019, num 1º, se estableció que el Programa de Reconversión Laboral de Clasificadores de Residuos Sólidos Urbanos y Sustitución de Tracción Animal por Motocarros pasará a depender directamente de la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social.

Fuentes
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1 y 2
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 2
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 3
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Suprime el Servicio Médico dependiente de la División de salud del Departamento de Desarrollo Social.
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 2
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Lit. E
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Lit. C
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Lit. C
Fuente: 
num. 2
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 2
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 2
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Lit. C
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Lit. C
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Lit. C
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R. 6
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R. 6
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Lit. B lit. a
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R.6
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 2
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Lit. B; Lit. B.1 lit. a; Lit. B.1 lit. b; Lit. B.1 lit. c.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 3
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 3
Observaciones: 
num. 4 Lits. A y B
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 2
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
inc.2; num. 3 Lit. F
Fuente: 
num. 6
Administrativo
Órden: 
A.0002.0000.0000.0000.0000.D.0001.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.R.0005.0000.0000.0000.0000
Id: 
II-R.5