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Novedades

  • De la recolección de residuos domiciliarios y no domiciliarios

    Por Res. IM Nº 2976/23 de fecha 26 de junio de 2023 se realizó la incorporación de las notas correspondientes a los artículos D.1919, D.1920 y D. 1922 de la Sección IV "De la recolección de residuos domiciliarios", Capítulo I "De la limpieza pública" del Volumen VI  "Higiene y Asistencia Social", referentes a la recolección de residuos no domiciliarios de materiales provenientes de obras civiles, generados en las actividades de construcción, reforma o demolición de obras.

  • Incorporación al elenco de Faltas Graves

    Por Dto. JDM Nº 38.341 de fecha 12 de junio de 2023 artículo 1 se incorpora al artículo 620 del Volumen I "Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales" agrega al elenco de las faltas graves las que sean "Incurrir en actos de violencia de género o actos de discriminación de cualquier tipo o naturaleza".

  • Requisitos para ser Concejal

    Por Dto.JDM Nº 38.340 de fecha 12 de junio de 2023, artículo 1 se agrega al inciso final del artículo 633 del Volumen I " Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales" que será causa de impugnación para ser Concejal " Haber sido destituido de un Concejo Vecinal por faltas graves".

  • De la inhabilitación de los conductores profesionales.

    Por Res. IM Nº 2798/23 de fecha 12 de junio de 2023 se sustituye el artículo R.424.190 del Capítulo I
    "De los parámetros médico psicológicos aplicables a la expedición de certificaciones para conducir vehículos", del Título XII "De los certificados de aptitud para conductor" de la Parte Reglamentaria del Volumen V Tránsito y Transporte" del Digesto Departamental, refente a la inhabilitación de los conductores profesionales.

  • De la antiguedad

    Por Res. IM Nº 2748/23 de fecha 12 de junio de 2023 se sustituye el artículo R.245.3 de la Sección VI
    "De los componentes de los concursos", Capítulo IV.I.I "De los concursos" de la Parte Reglamentaria del Volumen III del Digesto Departamental que refiere a la adjudicación de puntaje.

  • Dependencia de las Unidades de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana y Asesora Institucional

    Por Res.IM Nº 2648/23 de fecha 5 de junio de 2023 se agrega nueva fuente al artículo R.7.1 del Capítulo I "De los órganos ejecutivos", Volumen II del Digesto Departamental, donde establece que la Dependencia de las Unidades de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana (UCCRIU) y Asesora Institucional (UNASI) pasarán a depender jerárquicamente de la Dirección General del Departamento de Movilidad.

  • Se incorpora una nueva División al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales la cual se denominará "División Gestión y Desarrollo de Personas"

    Por Res.IM Nº 2650/23 de fecha 5 de Junio de 2023, se sustituye el articulo R.9 del Volumen II "Procedimiento. Competencia" incorporando a la Estructura Orgánica del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales una nueva División que se denominará “ División Gestión y Desarrollo de Personas”.

  • Categorización de Suelo en el Territorio Departamental y De la planificación del territorio departamental

    Por Dto. JM Nº 38.298 de fecha 29 de mayo de 2023 se sustituyen los artículos D. 190, D.198, D. 207, D. 208, D. 210,  D.223.29.1 y D.223.36.1 del Volumen IV "Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo" referentes a la Categorización de Suelo en el Territorio Departamental y De la planificación del territorio departamental.

  • Lista de suplentes

    Por Res. IM Nº 2467/23 de fecha 29 de Mayo de 2023, se sustituye el artículo R.245.14 del Título único, de la Parte Reglamentaria, Libro III "De la relación funcional", del Volumen III "Relación Funcional", del Digesto Departamental, referente a la lista de suplentes.

  • De la cuantía del Impuesto a la Contribución Inmobiliaria

    Por Res. IM Nº 2283/23 de fecha 16 de Mayo de 2023 se incorpora la nota al artículo 439 de la Sección I "Impuesto a la Contribución Inmobiliaria", Capítulo III "Servicio de Ingresos Inmobiliarios", del Título VII
    "Departamento de Recursos Financieros" del TOTID, estableciendo el diferimento del pago de la Contribución Inmobiliaria por las personas físicas o jurídicas individualizadas en el numeral 2º de la presente resolución.

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