Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro II
De la relación funcional
Parte Legislativa
Título  Único
Del estatuto del funcionario
Capítulo VII
De los Ascensos
Nota:

Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General.

Sección I

Artículo D.87.1 ._

La Promoción de Carrera se producirá de acuerdo al puntaje que resulte de la calificación y de deméritos; las pruebas de suficiencia acordes con los requisitos de cada nive l; y un mínimo de antigüedad en el nivel inmediato anterior que establecerá la Reglamentación. Este procedimiento podrá complementarse por la aplicación de un plan piloto del Sistema de Desarrollo de Carrera por Créditos de Formación. En cada uno de estos períodos (anuales, sujetos a disponibilidad presupuestal), la Administración establecerá el número de promociones que serán habilitadas

FuenteObservaciones
art. 33
art. 2