A la División Salud compete:
1. Contribuir a elevar la calidad de vida de los montevideanos a través de acciones coordinadas de promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud individual y colectiva:
a) Contribuir a la construcción de un Sistema de Atención en el Primer Nivel en Montevideo con desarrollo de una estrategia de APS, como elemento clave del Sistema Nacional Integrado de Salud.
b) Definición de un abordaje territorial de la atención a la salud consolidando áreas de salud, zonas y regiones en Montevideo, en conjunto con la Red de Primer Nivel de ASSE, coordinando la labor de los efectores de salud en cada zona, participando en el establecimiento de los roles de cada uno.
c) Realizar las alianzas estratégicas y coordinaciones necesarias tendientes a la atención integral a la salud de la población de Montevideo en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud.
d) Desarrollar acciones de educación, promoción y prevención en las policlínicas de la Intendencia y en ámbitos comunitarios en coordinación con otras instituciones responsables de políticas sociales y organizaciones comunitarias.
e) Desarrollar la atención a partir de programas de carácter nacional elaborados en forma participativa con los técnicos y trabajadores involucrados, con las organizaciones comunitarias, las instituciones educativas y los efectores de salud.
f) Promover la participación comunitaria en salud procurando el empoderamiento de la comunidad organizada en relación con los temas de salud y los factores del entorno y hábitos determinantes de la salud, con un enfoque de derechos humanos, de equidad e inclusión social y de construcción ciudadana.
g) Coordinar las políticas de salud con el conjunto de políticas vinculadas con la calidad de vida de los montevideanos apuntando a la integridad de las mismas, a la gestación de mecanismos permanentes de integración social, coherentes con principios de justicia social y democratización de la sociedad y el Estado.
h) Coordinar en forma permanente con las instituciones involucradas en las políticas sociales para desarrollar acciones de carácter integral desde ámbitos intersectoriales sobre factores del entorno y hábitos que determinan problemas de salud.
i) Desarrollar y coordinar formas de capacitación de agentes comunitarios para la detección de los problemas de salud de la población, la realización de actividades de educación, promoción y prevención en ámbitos comunitarios, la colaboración en la implementación de los programas prioritarios.
j) Brindar la atención de salud de primer nivel para los usuarios públicos con cobertura de ASSE, Sanidad Policial y otros efectores públicos, en el marco de los convenios respectivos, emitiendo un carné de usuario de las policlínicas de la Intendencia que habilite esos derechos.
2. Desarrollar el control sobre las condiciones medioambientales de la vivienda y los locales de producción y de servicio, así como el control de vectores (insectos y roedores) a través de la aplicación de normas de inspección sistemática y acciones de protección de riesgos como ser:
a) Realizar, cuando corresponda, desinfección del suelo, el aire, de las aguas y de las ropas de uso, así como de los establecimientos y lugares cuyo estado pueda representar un peligro para la salud de la población.
b) Intervenir en la calificación de insalubridad de los establecimientos de uso público y de fincas, aún cuando pertenezcan a particulares.
c) Llevar el registro de empresas de limpieza, desinfección y sellado de tanques de agua, así como registro y control de empresas dedicadas a la exterminación o control de plagas.
d) Llevar el registro y control de productos domisanitarios (rodenticidas, insecticidas) y de aguas cloradas.
e) Desarrollar acciones de prevención de enfermedades trasmitidas por vectores con énfasis en la educación para la salud, la participación comunitaria, el control y anulación de focos críticos referidos a estas problemáticas.
f) Realizar el diagnóstico, asesoramiento y cuando corresponda acciones respecto a problemas de insalubridad pública.
g) Desarrollar tareas inspectivas, de prevención y control de las condiciones higiénico-sanitarias de los centros de educación privada así como de las instituciones públicas que lo soliciten.
h) Certificar el estado de conservación de cadáveres que se solicite sean trasladados a otros países.
3. Promover la inocuidad de los alimentos y el estímulo de hábitos saludables de alimentación como forma de alcanzar los objetivos de seguridad alimentaria que constituyen derechos fundamentales de la población. Controlar el expendio de alimentos genuinos y de calidad, implementando un sistema de fiscalización de la aplicación de las normas vigentes y otro de información y capacitación dirigido a productores, industriales, comerciantes y población consumidora consistentes en:
a) Promover en forma permanente y sistemática los ajustes necesarios a la normativa bromatológica para que den cuenta de los avances científicos y su aplicación en el control de riesgos para la salud.
b) Asegurar el registro y habilitación de los locales industriales, comerciales y de depósito, medios de transporte y productos (tanto nacionales como importados) en estricta correspondencia con la normativa bromatológica vigente.
c) Implementar un sistema de vigilancia y control en los puntos críticos de la cadena alimentaria orientado según riesgos, volúmenes de comercialización y programas puntuales.
d) Fomentar la participación activa de las organizaciones de productores, comerciantes, trabajadores y consumidores en el control de calidad de procesos y productos alimenticios.
e) Fortalecer el papel de los consumidores a partir del Centro de Información al Consumidor en sus funciones de recepción de inquietudes y denuncias, difundir la normativa bromatológica y los principios de seguridad alimentaria, y estimular la organización de la sociedad civil en defensa de sus derechos.
f) Otorgar las habilitaciones bromatológicas bajo normas y procedimientos de control rigurosos para el expendio de alimentos en la vía pública, cuando existiere una habilitación especial para tal expendio.
g) Inspección de comestibles en general.
h) Intervenir en toda clase de productos, materias primas y envases que estén en infracción a las disposiciones bromatológicas vigentes.
i) Mantener un registro de productores, importadores, repartidores y comerciantes de alimentos y bebidas.
j) Mantener un registro de productos y bebidas nacionales y extranjeras que se expendan y consuman en la jurisdicción departamental.
k) Realizar análisis químicos y microbiológicos de alimentos para garantizar su inocuidad y adecuación a las normas bromatológicas, así como la correspondencia de su composición con lo establecido en la rotulación.
l) Promover la Red Interdepartamental de laboratorios de bromatología para participar y coordinar mecanismos a nivel nacional y sistematizar los aspectos de registro, inspectivos y de capacitación.
m) Promover la capacitación y realizar la evaluación de manipuladores de alimentos a efectos de asegurar la inocuidad de los alimentos, otorgando el carné de manipulador.
n) Promover la alimentación saludable a través de acciones de educación en nutrición de la población.
4. Emitir Carné de Salud Laboral para la población que lo requiera y en particular para la población priorizada según criterios de riesgo social y sanitario para su inserción en el medio laboral.
5. A través de la Unidad de Igualdad de Género tendrá como cometido principal contribuir a la transversalización de la igualdad de género en los 3 (tres) Servicios de la División Salud (Atención a la Salud, Salubridad Pública y Regulación Alimentaria) procurando incorporar la perspectiva de igualdad de género y la interseccionalidad en todos los ámbitos de su actuación.
6. A través del Servicio Fúnebre y Necrópolis:
a) Suministrar gratuitamente, cuando las condiciones así lo ameriten, el ataúd, los elementos de la sala mortuoria, la carroza fúnebre y coches de acompañamiento.
b) Disponer de salas velatorias, para ser utilizadas cuando así se solicite y proceder a su mantenimiento.
c) Arrendar el derecho de uso y goce de espacios para un ataúd en los locales funerarios que integran el patrimonio de la Intendencia en las diferentes necrópolis de la ciudad, según disponibilidad.
d) Permitir inhumaciones en sepulcros y nichos particulares, previo control de la documentación.
e) Reducir y trasladar un cuerpo a pedido de parte interesada, previo registro.
f) Autorizar y proceder a la cremación de cadáveres y restos humanos cuando así se solicite.
De las actividades mencionadas en los literales d, e y f, se dejará constancia en los registros respectivos.