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Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título IV
Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales
Capítulo XXXVII
Descentralización Política y Participación Ciudadana
Sección XII
Funcionamiento y Organización de los Concejos Vecinales. Decreto 33.478 y modificativo

Artículo 638 ._

Convocatoria Ciudadana.
En caso de que el Gobierno Departamental y/o el Gobierno Municipal procedan a efectuar convocatorias a la participación de las vecinas y vecinos (ejemplo: Presupuesto Participativo, etc.), los Concejos Vecinales habrán de integrarse preceptivamente a las mismas, reafirmando a este órgano como pilar fundamental de la participación.

FuenteObservaciones
art. 12