Comercio de abastecimiento diario.
Son aquellos establecimientos cuya actividad comprende la venta al por menor de productos que satisfacen las necesidades diarias del uso residencial y no superan los 200 metros cuadrados de área útil.
Comercio de abastecimiento diario.
Son aquellos establecimientos cuya actividad comprende la venta al por menor de productos que satisfacen las necesidades diarias del uso residencial y no superan los 200 metros cuadrados de área útil.
Comercio - consideraciones generales.
Por servicios comerciales se entienden las actividades de distribución de bienes exclusiva o principalmente consistentes en la reventa de mercancías al público, a pequeños usuarios y al por menor, incluyendo su almacenamiento.
Depósitos de leña o madera a cielo abierto.
Empresas transportistas.
Se consideran Empresas Transportistas tanto las destinadas al transporte de carga como al de pasajeros, no estando incluidos los locales destinados exclusivamente a tareas administrativas o de oficina.
Cubiertas Livianas.
Se admitirá la realización de cubiertas livianas siempre que las mismas se ajusten a las siguientes condiciones:
- La altura de la cubierta no podrá ser inferior a 4.00 metros ni superior a 7.00 metros.
Las Estaciones de Servicio Automotriz se clasifican de acuerdo a los servicios que prestan en:
Cuadro de Compatibilidad de Actividades Industriales.
Tipo de actividades.
Consideraciones generales.
Las presentes normas serán de aplicación para los establecimientos a instalar o instalados sin autorización de la Intendencia.
Clasificación de los establecimientos por su escala edilicia y alcance de las actividades.
A los efectos de esta normativa, los establecimientos industriales se dividen de acuerdo a la superficie utilizada por los mismos en las siguientes categorías:
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