Por Ley Nº 19.445 y Ley Nº 17.556, art. 21, se incorporo como artículo nuevo, el 520.1 dentro del Capitulo XXXVI.I "topes retributivos y readecuación salarial en el ambito de los Gobiernos Departamentales" dentro del Digesto Departamental.
Novedades
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Por Dto. JDM Nº 36.208 de fecha 26 de diciembre de 2016, artículos 1º, 2º, 3º y 4º se sustituyó e incorporó normativa referente a publicidad y propaganda.
Ver artículos D.2417.1, D.2391, D.2393, D.2403, D.2415, D.2416, D.2418, D.2421, D.2422, D.2423, D.2425.2, D.2425.3, D.2425.4, D.2425.5, D.2425.6, D.2425.14, D.2425.16, D.2425.24, D.2425.25, D.2425.27, D.2425.29.1, D.2425.29.2, D.2425.29.3, D.2425.29.4, D.2425.29.5, D.2425.30, D.2425.37 y D.2425.38 del Volumen X.
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Por Res. IM Nº 1969/16 de fecha 09 de mayo de 2016, numeral 1º, se incorporó normativa sobre el régimen de liquidación de honorarios y gastos administrativos a partir de actuaciones judiciales referidos a deudas de tributos.
Ver artículos A.51.13, A.51.14, A.51.15, A.51.16, A.51.17, A.51.18, A.51.19 del TOTID.
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Por Res. IM Nº 37/17 de 9 de enero de 2017, numeral 1º y 2º se incorporaron los artículos A.523.6.1, A.523.6.1, A.513.13, A.513.14 del TOTID, referente a agilizar los procedimientos relativos a la exoneración de la aplicación del Impuesto a los Baldíos y a la Edificación Inapropiada.
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Por Dto. JDM Nº 36.127 de fecha 22 de diciembre de 2016, art. 7, se incorporó normativa del Código Tributario (Ley 14.306) referente a Domicilio Constituido, Interrupcuón de la Prescripción y Suspensión de la misma.
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Por el Dto. JDM Nº 36.199 de fecha 22 de diciembre de 2016 se sustiuye el Capítulo I.1 “De las academias de conducción” del Título II “De la fiscalización administrativa sobre conductores y vehículos”, Parte Legislativa del Libro IV “Del tránsito público” del Volumen V “Tránsito y Transporte” del Digesto Departamental, en la redacción dada por el Decreto Nº 28.664 aprobado con fecha 24 de junio de 1999 y promulgado por Resolución Nº 2559/99 de 12 de julio de 1999.
Se sustituyen los artículos D.558.1, D.558.2, D.558.3, D.558.4, D. 558.5, D.558.6, D.558.7, D.558.8, D.558.9, D.558.10, D.558.11, D.558.12 del Volumen V del Digesto Departamental.
Se incorporan los artículos D.558.1.1, D.558.2.1, D.558.3.1, D.558.3.2, D.558.3.3, D.558.3.4, D.558.3.5, D.558.3.6, D.558.3.7, D.558.4.1, D.558.7.1, D.558.7.2, D.558.8.1, D.558.10.1, D.558.10.2, D.558.12.1, D.558.12.2, D.558.14, D.558.15.
Se deroga expresamente el artículo D.558.13.
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Por Res. IM Nº 5981/16 de fecha 26 de diciembre de 2016, num. 1º, se incorporó el Servicio de Atención a la Ciudadanía al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales.
Ver artículo R.9 del Volumen II del Digesto Departamental
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Por Res. IM Nº 6025/16 de fecha 26 de diciembre de 2016, num. 1º, se modificó la normativa referente a la competencia de la División Espacios Públicos y Edificaciones.
Ver artículo R.19.43 del Volumen II del Digesto Departamental.
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Por Res. IM Nº 5837/16 de fecha 19 de diciembre de 2016 se aprobó el Cuadro de Clasificación Documental Funcional y la descripción archivística del Fondo Documental de la Intendencia y Gobiernos Municipales.
Ver nota en el artículo R.113.22 de Volumen II del Digesto Departamental.
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Por Res. IM Nº 5816/16 de 19 de diciembre de 2016 se modifica el numeral 2 de la Res. IM Nº 4264/10 de 15 de setiembre de 2010, estableciendo que la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento Urbano dependerá en línea directa del Departamento de Desarrollo Ambiental.