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Digesto Departamental
Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Título VI
De las cremaciones
Capítulo
Único

Artículo R.1399 ._

La documentación requerida por los artículos D.2503, D.2504 y D.2505 para proceder a la cremación de un cadáver deberá ser presentada ante el Servicio Fúnebre y de Necrópolis en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, contados a partir del deceso.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
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