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Digesto Departamental
Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Parte Legislativa
Título I
De las concesiones funerarias
Capítulo III
De la regularización de la documentación
Sección II
De los títulos

Artículo D.2451 ._

En los casos de extravío del título de un bien funerario y cuando por tal causa se solicite duplicado, se estará a lo que establecen los artículos R.1326 y R.1326.1 o a lo que establezca la reglamentación.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 1