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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título II
Del Permiso Único Nacional de Conducir
Capítulo VI
Del retiro de licencia de conducir y libreta de circulación del vehículo

Artículo R.424.38.2 ._

Las autoridades de la Intendencia podrán proceder al retiro de la libreta de circulación de aquellos vehículos, que registren las siguientes irregularidades:

A) Omisión de la inspección técnica dispuesta de conformidad con el Art. D.679.

B) Cuando se trate de infracciones cometidas en vehículos de alquiler sin chofer.

C) Cuando se encuentren circulando en condiciones antirreglamentarias o se verifiquen modificaciones en el vehículo y las mismas no consten en su documentación de la Intendencia.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 2